Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Concepto sobre requisitos de experiencia y capacidad residual en licitaciones públicas de obra de infraestructura de transporte

P20220108000135 · 22 de febrero de 2022

EpígrafeConcepto sobre requisitos de experiencia y capacidad residual en licitaciones públicas de obra de infraestructura de transporte
Resumen

El documento conceptúa sobre los criterios para definir y acreditar la experiencia exigible en procesos de licitación pública para obras de infraestructura de transporte, adoptados mediante los Documentos Tipo – Versión 3. Fija la posición de que la experiencia debe acreditarse con entre uno y seis contratos terminados antes del cierre del proceso, cuya sumatoria de valores ejecutados (incluido IVA) en SMMLV debe superar un porcentaje mínimo del presupuesto oficial de la obra, según el número de contratos aportados: 75% para 1 o 2 contratos, 120% para 3 o 4, y 150% para 5 o 6. Precisa que la entidad debe usar la Matriz 1 para determinar la experiencia general y específica, considerando el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del proceso, sin alterar los parámetros estandarizados. Además, conceptúa que la capacidad residual, definida como la aptitud para cumplir el objeto contractual sin afectar compromisos previos, debe calcularse con base en los saldos de contratos en ejecución y los factores de experiencia, capacidad financiera, técnica y de organización, según la metodología de Colombia Compra Eficiente. Señala que, para efectos de experiencia y capacidad residual, el año de referencia del SMMLV es el vigente al momento de expedir el pliego de condiciones, no el de presentación de ofertas.

Problema jurídico

Determinación del año de referencia para expresar el presupuesto oficial en SMMLV en la acreditación de experiencia y capacidad residual en documentos tipo de licitación pública de obra de infraestructura de transporte

Fragmentos citables
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015, la capacidad residual es la aptitud de los oferentes para cumplir de manera oportuna y a cabalidad el objeto de un contrato de obra pública, sin que los demás compromisos contractuales que han adquirido afecten su habilidad de cumplir el objeto del contrato que está en proceso de selección. Por su parte, el Consejo de Estado ha definido la capacidad residual como «la diferencia que existe entre el potencial de contratación que se tiene y los compromisos que haya adquirido y que se encuentren en ejecución, para la fecha de presentación de la oferta».
Definición jurídica de capacidad residual, requisito habilitante en procesos de contratación de obra pública.
Por tanto, si el pliego de condiciones se expidió el año pasado y las ofertas se reciben y evalúan durante el año en curso, la entidad –para efectos de los numerales 3.5.2 y 3.5.8 del documento base anteriormente– debe verificar el requisito habilitante de experiencia general con el salario mínimo de 2021, criterio que aplica también a las condiciones de experiencia específica previstas en la matriz 1.
Regla sobre el año de referencia del SMMLV para calcular experiencia y capacidad residual, vinculado al momento de expedición del pliego.
MateriasCapacidad Residual · Documentos Tipo · Requisitos Habilitantes · Experiencia específica · Experiencia general · Presupuesto oficial · Smmlv · Contratación estatal · Documentos Tipo Versión 3 · Experiencia · Matriz 1 De Experiencia · Smlmv
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1645552352252-C-018.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-018 de 2022
NúmeroP20220108000135
Fecha del documento22 de febrero de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 40d4624c3deb….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com