Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Capacidad contractual de cabildos indígenas y autoridades tradicionales indígenas
P20230228001819 · 28 de febrero de 2023Contratación estatalautoridades tradicionales indígenascapacidad jurídicacolombia compra eficientecontratación directacabildos indígenasdecreto 1088 de 1993decreto 1953 de 2014decreto 252 de 2020ley 2160 de 2021contratación estatalley 80 de 1993principio de planeación contractualColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Capacidad contractual de cabildos indígenas y autoridades tradicionales indígenas |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la capacidad jurídica para contratar de los Cabildos Indígenas y las Autoridades Tradicionales Indígenas, así como sobre la modalidad de contratación directa aplicable a estos sujetos. Fija la posición de que, antes de la expedición de la Ley 2160 de 2021, los Cabildos Indígenas individualmente considerados carecían de capacidad para celebrar contratos estatales distintos a convenios solidarios o de uso y usufructo de bienes públicos, mientras que las asociaciones de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas sí tenían tal capacidad como entidades de derecho público especial. La Ley 2160 de 2021 amplió esta capacidad a los Cabildos Indígenas y a las Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas, permitiéndoles celebrar contratos directos con entidades estatales para proyectos relacionados con gobierno propio, identidad cultural y derechos de los pueblos indígenas. Además, precisa que los resguardos indígenas autorizados para administrar recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) son considerados entidades estatales y pueden contratar bajo el régimen del Decreto 1953 de 2014, mientras que los no autorizados deben hacerlo mediante contratos de administración con las entidades territoriales. El documento también delimita el ámbito de aplicación de estas normas, destacando que no se derogaron entre sí y que su aplicación depende del sujeto y del objeto contractual. |
| Problema jurídico | Determinar la capacidad jurídica para contratar de los cabildos indígenas y autoridades tradicionales indígenas, así como los regímenes aplicables a su contratación directa con entidades estatales. |
| Fragmentos citables | Las asociaciones de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indígenas, en virtud del Decreto 1088 de 1993, son entidades de Derecho Público de carácter especial, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa. Por lo tanto, tienen la capacidad jurídica para contratar. |
| Materias | Autoridades Tradicionales Indígenas · Capacidad Jurídica · Colombia Compra Eficiente · Contratación Directa · Cabildos indígenas · Decreto 1088 de 1993 · Decreto 1953 de 2014 · Decreto 252 de 2020 · Ley 2160 de 2021 · Contratación estatal · Ley 80 De 1993 · Principio De Planeación Contractual |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1693344727021-C-044.docx |
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