Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo – noción
P20210127000631 · 27 de enero de 2021Contratación estataldocumento tipodocumentos tiposervicios públicos domiciliariosrégimen especial de contratacióncontratación estatalentidades con régimen especialpliego tipoentidades de régimen especialnociónobligatoriedadobras de infraestructura de agua potable y saneamiento básicoreglas aplicablesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo – noción / pliego tipo – obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico / documentos tipo – obligatoriedad / entidades de régimen especial – reglas aplicables |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-053 de 2021, conceptúa sobre la obligatoriedad de los documentos tipo en materia de infraestructura de agua potable y saneamiento básico para las empresas de servicios públicos domiciliarios con régimen especial de contratación. La autoridad fija la posición de que dichos documentos no son obligatorios para estas entidades, pues su régimen contractual se rige principalmente por normas de derecho privado, conforme a la Constitución Política y la Ley 142 de 1994. No obstante, reconoce que estas empresas pueden adoptar los documentos tipo de manera facultativa como buena práctica contractual. El concepto delimita el alcance de la obligatoriedad a las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y reitera la naturaleza orientadora de su pronunciamiento, sin carácter vinculante. |
| Problema jurídico | Determinar si los pliegos tipo de agua y saneamiento son obligatorios para una empresa de servicios públicos domiciliarios con régimen especial de contratación |
| Fragmentos citables | De lo anterior, es posible concluir, de manera clara, que los documentos tipo en materia de infraestructura de agua potable y saneamiento básico son obligatorios única y exclusivamente para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública, que adelanten procesos de contratación a través de la modalidad de licitación pública. Por tanto, dichos documentos no son obligatorios para las entidades públicas no sometidas a dicho Estatuto. Sin embargo, estas pueden observar los documentos tipo de forma facultativa, como una forma de adoptar e incorporar políticas de buenas prácticas contractuales. Las entidades públicas con régimen contractual especial son aquellas que, por expresa disposición legal y por su naturaleza o situación de competencia en el mercado, son destinatarios de una normativa diferenciada en relación con su actividad contractual. Esto quiere decir que no están sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y, por tanto, sus procedimientos contractuales se rigen, principalmente, por normas de derecho privado, situación que se deriva de las normas de creación de las entidades de régimen especial y en sus manuales de contratación. En consecuencia, la lectura sistemática de las dos normas referidas permite concluir que el régimen jurídico contractual de las empresas de servicios públicos domiciliarios es el derecho privado y, solo excepcionalmente, se aplicarán normas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Se trata, entonces, de un régimen de derecho privado con dosis de derecho público. Lo anterior no obsta para que, como política de buena práctica contractual, las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios decidan, de manera facultativa, observar los documentos tipo para contratos de obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico expedidos por esta Agencia. |
| Materias | Documento Tipo · Documentos Tipo · Servicios Públicos Domiciliarios · Régimen especial de contratación · Contratación estatal · Entidades Con Régimen Especial · Pliego Tipo · Entidades de régimen especial · Noción · Obligatoriedad · Obras De Infraestructura De Agua Potable Y Saneamiento Básico · Reglas aplicables |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1616601621625-C-053.docx |
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