Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Participación de las ESAL en procesos de contratación pública: criterios diferenciales para Mipymes y excepciones para entidades de economía solidaria
P20250127000664 · 27 de enero de 2025Contratación estatalcontratación estatalcriterios diferencialesesalmipymeseconomía solidariaentidades de economía solidariaasimilación a mipymesasociaciones mutualistascooperativasdemás entidades de economía solidariadistinciónley 2069naturalezareparto de utilidadessin ánimo de lucroColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Participación de las ESAL en procesos de contratación pública: criterios diferenciales para Mipymes y excepciones para entidades de economía solidaria |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente–, conceptúa sobre la posibilidad de que las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) participen en procesos de contratación pública como Mipymes, precisando los límites y excepciones aplicables. Fija la posición de que, en principio, las ESAL no pueden acceder a los beneficios ni participar en procesos limitados a Mipymes, al no cumplir con el requisito de reparto de utilidades entre sus miembros, esencial para ser consideradas empresas según la normativa. Sin embargo, excepcionalmente, las cooperativas, asociaciones mutualistas y demás entidades de economía solidaria sí pueden ser clasificadas como Mipymes y acceder a los criterios diferenciales, en virtud del artículo 23 de la Ley 2069 de 2020, que las asimila a empresas para efectos de contratación pública. El documento también delimita el alcance de los criterios diferenciales establecidos en el Decreto 1860 de 2021, aclarando que estos no se aplican a las ESAL en general, salvo para las entidades de economía solidaria mencionadas. |
| Problema jurídico | Determinar si las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) pueden ser consideradas Mipymes en procesos de contratación estatal y, en caso negativo, identificar las restricciones aplicables y las excepciones para entidades de economía solidaria. |
| Fragmentos citables | En principio, es importante señalar que esta Agencia ha mantenido de manera reiterada la postura de que las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) no pueden acceder a los beneficios establecidos para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes), ni participar en los procesos contractuales restringidos a estas últimas, lo cual significa que pueden contratar con el Estado y participar en todos los procesos de contratación salvo en los procesos limitados a Mipyme. el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011, que modificó el artículo 2 de la Ley 590 de 2000, […] puede decirse que solo podrán ser Mipymes las empresas, entendidas estas como las unidades de explotación económica que buscan el reparto de utilidades entre los miembros de la empresa. De esta forma, en razón a que las ESAL no persiguen el reparto de utilidades entre sus miembros, sino que su objeto está destinado a realizar una actividad de interés general sin esperar a cambio un reparto de ganancia en proporción a sus utilidades, lo cierto es que estas no podrán participar en los procesos de contratación limitado a mipymes. el artículo 3 del Decreto 1860 de 2021, que adicionó el artículo 2.2.1.2.4.2.18 al Decreto 1082 de 2015 reglamentó los criterios diferenciales para Mipyme en el sistema de compras públicas. Conforme a esta norma las Entidades Estatales indistintamente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos establecerán condiciones habilitantes diferenciales que promuevan y faciliten la participación en los procedimientos de selección competitivos de las Mipyme domiciliadas en Colombia. |
| Materias | Contratación Estatal · Criterios Diferenciales · Esal · Mipymes · Economía solidaria · Entidades De Economía Solidaria · Asimilación a Mipymes · Asociaciones mutualistas · Cooperativas · Demás Entidades De Economía Solidaria · Distinción · Ley 2069 · Naturaleza · Reparto de utilidades · Sin ánimo de lucro |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/03/C-081.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 6c79da27f973….
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