Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Experiencia, documentos tipo y subsanabilidad en contratación pública de infraestructura de transporte

P20230201000877 · 10 de abril de 2023

EpígrafeExperiencia, documentos tipo y subsanabilidad en contratación pública de infraestructura de transporte
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo en licitaciones de obra pública de infraestructura de transporte, versión 3, en relación con la acreditación de experiencia de los proponentes. Fija la posición de que las entidades estatales deben emplear la “Matriz 1 – Experiencia” para estandarizar los requisitos de experiencia general y específica, diferenciando proyectos por complejidad técnica (media-baja o alta) y cuantía del proceso. Precisa que la experiencia se acredita mediante el Registro Único de Proponentes (RUP) como plena prueba, complementado con el Formato 3 – Experiencia y documentos válidos adicionales cuando sea necesario. Además, conceptúa sobre los límites de la subsanabilidad de ofertas, excluyendo la garantía de seriedad como requisito insubsanable y restringiendo la acreditación de circunstancias posteriores al cierre del proceso. Finalmente, aborda el puntaje adicional por vinculación de personas con discapacidad, fundamentado en el Decreto 392 de 2018, y aclara que no compete a Colombia Compra Eficiente resolver controversias particulares, sino interpretar normas generales.

Problema jurídico

Interpretación y aplicación de documentos tipo en licitación de obra pública de infraestructura de transporte, requisitos de experiencia, subsanabilidad y vinculación de personas con discapacidad

Fragmentos citables
Para fijar las condiciones que deben cumplir los contratos aportados, en términos de actividades ejecutadas, las entidades deberán emplear la Matriz 1, documento que estandariza las condiciones de experiencia general y/o experiencia específica que deben requerir las entidades estatales de acuerdo con: i) el tipo de obra de infraestructura de transporte; ii) la actividad a contratar, y iii) la cuantía del Proceso de Contratación.
Establece el método obligatorio para que las entidades definan los requisitos de experiencia en los procesos de contratación de infraestructura de transporte.
El método para determinar los requisitos de experiencia estandarizados a partir de la “Matriz 1 – Experiencia” sigue siendo el mismo que en las versiones anteriores, con la salvedad de que ahora, antes de proceder a acotar el requisito a exigirse, la entidad debe determinar y justificar si el proyecto es de media–baja o de alta complejidad técnica y, en función de ello, aplicar alguna de las matrices de experiencia.
Detalla el procedimiento que deben seguir las entidades para aplicar correctamente la Matriz 1 según la complejidad del proyecto.
De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, el registro único de proponentes será plena prueba de la información relacionada con la experiencia del oferente. Ahora bien, La experiencia se deriva de los contratos que el proponente ha celebrado y ejecutado con diferentes contratantes, sin importar la naturaleza de estos. Se verifica con el Registro Único de Proponentes –RUP–, cuando este certificado sea exigible de acuerdo con la ley.
Define el RUP como documento único y suficiente para acreditar la experiencia, salvo excepciones previstas en los documentos tipo.
La subsanabilidad es un mecanismo previsto en los procedimientos regulados por el Estatuto de Contratación Estatal de Colombia. Esta regla, prevista en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, permite que los proponentes puedan enmendar, corregir o modificar los errores en los documentos de la oferta respecto a los requisitos habilitantes.
Explica el alcance de la subsanabilidad en los procesos de contratación, incluyendo sus límites temporales y materiales según la Ley 1882 de 2018.
MateriasDocumentos Tipo · Experiencia · Personas Con Discapacidad · Subsanabilidad · Contratación estatal · Matriz 1 De Experiencia · Documentos válidos · Fundamento normativo · Infraestructura de transporte · Licitación de obra pública de infraestructura de transporte · Límites · Obras En Vías Primarios O Secundarias · Puntaje adicional
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1681322808459-C-085-de-2023.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-085 de 2023
NúmeroP20230201000877
Fecha del documento10 de abril de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: f2bb21e7b0ba….

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