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Concepto sobre convocatorias limitadas a mipymes en el ámbito territorial y requisitos para su procedencia
28 de abril de 2023Contratación estatalconvocatorias limitadasdecreto 1082 de 2015decreto 1860 de 2021ley 2069 de 2020mipymespotestad discrecionalcontratación estatalconvocatorias limitadas a mipymes en el ámbito territorialconvocatorias limitadas a mipymes nacionalespromoción al desarrolloanálisis del sectorartículo 34facultad discrecionallimitación territorialmecanismos de controlpresupuestos mínimosrequisitosColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Concepto sobre convocatorias limitadas a mipymes en el ámbito territorial y requisitos para su procedencia |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance y aplicación de las normas que regulan las convocatorias limitadas a Mipymes en la contratación estatal, en particular tras las modificaciones introducidas por la Ley 2069 de 2020 y el Decreto 1860 de 2021. Fija la posición de que estas convocatorias deben cumplir requisitos estrictos: i) valor del proceso inferior a 125.000 USD, ii) solicitud formal de al menos dos Mipymes nacionales con mínimo un año de existencia y objeto social compatible, presentada antes del acto de apertura, y iii) para la limitación territorial, es facultativo para la entidad estatal decidir si restringe la convocatoria a Mipymes domiciliadas en el municipio o departamento de ejecución, siempre que justifique su decisión en estudios del sector que demuestren la existencia de un número significativo de Mipymes locales interesadas y capaces de participar. Señala que la limitación territorial no opera automáticamente por solicitud de Mipymes, sino que depende de un análisis técnico y económico previo, y advierte sobre los riesgos de prácticas restrictivas que podrían ser cuestionadas mediante observaciones, derechos de petición, denuncias o control judicial. Además, precisa que no existen Mipymes 'municipales' o 'departamentales' como categoría jurídica, sino solo Mipymes nacionales con domicilio en dichas jurisdicciones. |
| Problema jurídico | Determinar los presupuestos y límites para que las entidades estatales limiten convocatorias a mipymes nacionales domiciliadas en el municipio o departamento de ejecución del contrato, conforme al artículo 2.2.1.2.4.2.3 del Decreto 1082 de 2015 modificado por el Decreto 1860 de 2021 |
| Fragmentos citables | El artículo 34 de la Ley 2069 de 2020 dispone nuevas reglas sobre la promoción al desarrollo en la contratación estatal. Concretamente, modifica el contenido del artículo 12 de la Ley 1150 de 2007, regulación que se resume en los siguientes aspectos: i) Encomienda, con carácter imperativo, al gobierno nacional definir las condiciones y los montos para que las entidades estatales –cualquiera sea su régimen contractual–, los patrimonios autónomos constituidos por aquellas y los particulares que administren recursos públicos efectúen convocatorias limitadas a Mipyme en los procesos de contratación. Además, agrega que estas convocatorias se pueden realizar también en el ámbito municipal o departamental en el que se ejecute el contrato. ii) Indica que dichas convocatorias se deben efectuar –y así lo deberá reglamentar el gobierno nacional– siempre y cuando, antes del acto administrativo de apertura del proceso de selección, por lo menos dos (2) Mipyme hayan manifestado su interés. Conforme a esto, el debido ejercicio de la referida potestad discrecional exige que converjan unos mínimos presupuestos de adecuación, para que resulte adecuada la decisión de limitar una convocatoria a la participación exclusiva de mipymes. Es por esto por lo que la decisión de limitar territorialmente una convocatoria solo puede resultar razonable si la información recolectada en el marco del análisis del sector indica que en el lugar de ejecución del contrato existe un número significativo de mipymes allí domiciliadas, cuyo objeto social les permitiría desarrollar el contrato o que estén interesadas en participar en el respectivo proceso de contratación. |
| Materias | Convocatorias Limitadas · Decreto 1082 De 2015 · Decreto 1860 De 2021 · Ley 2069 De 2020 · Mipymes · Potestad discrecional · Contratación estatal · Convocatorias Limitadas A Mipymes En El Ámbito Territorial · Convocatorias Limitadas A Mipymes Nacionales · Promoción Al Desarrollo · Análisis del sector · Artículo 34 · Facultad discrecional · Limitación territorial · Mecanismos De Control · Presupuestos Mínimos · Requisitos |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/08/C–089-1.docx |
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