Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Sociedades nuevas con menos de tres años: experiencia de socios y requisitos habilitantes en contratación estatal
P20250128000762 · 28 de enero de 2025Contratación estatalrequisitos habilitantesrupsociedades nuevasexperiencia en contratación estatalretiro de socioscontratación estatalexperienciainferior a tres añosmenor a 3 años de constituciónsociedadesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Sociedades nuevas con menos de tres años: experiencia de socios y requisitos habilitantes en contratación estatal |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la norma que permite a las sociedades con menos de tres años de constitución acreditar como experiencia en el Registro Único de Proponentes (RUP) la de sus accionistas, socios o constituyentes. La autoridad fija la posición de que, si un socio pierde su calidad por venta o cesión de su participación accionaria, la experiencia aportada por este no podrá ser tenida en cuenta por las entidades estatales en los procesos de contratación, pues la experiencia es inherente a la persona que la obtuvo. Además, precisa que esta prerrogativa solo aplica mientras el socio mantenga su condición, y que la sociedad debe actualizar su RUP para reflejar cambios en su composición societaria, actuando siempre con buena fe. El fundamento normativo se encuentra en el numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, y la interpretación busca evitar prácticas corruptivas y garantizar transparencia en la contratación estatal. |
| Problema jurídico | ¿Es posible que una persona jurídica pueda seguir acreditando la experiencia de un socio, aunque este haya vendido o cedido sus acciones? |
| Fragmentos citables | La parte final del numeral 2.5 del artículo citado incluye una medida diferenciada para las personas jurídicas cuya constitución sea menor a 3 años al momento del registro. Esta prerrogativa, que puede ser entendida como de fomento a la participación de los oferentes en la contratación estatal, permite que las sociedades relativamente nuevas ─con menos de 3 años de constitución─ puedan acreditar como experiencia en el RUP la de sus accionistas, socios o constituyentes. Sin embargo, debe aclararse que el Decreto 1082 de 2015 sólo permite que una sociedad acredite la experiencia de quienes tienen la calidad de accionistas, socios o constituyentes durante los primeros tres (3) años de su constitución. Por tanto, si se pierden estas calidades, como sucedería cuando un socio se retira por venta o cesión de su participación y pierde su calidad de socio, ya no sería aceptable que la sociedad acredite la experiencia aportada por dicha persona. En ese contexto, si el socio se retira de la sociedad por venta o cesión de su participación accionaria, no puede vender o ceder su experiencia para que el adquirente o cesionario de la participación accionaria la aporte a la sociedad. En consecuencia, el proponente debería actualizar la experiencia en el RUP, actuando de buena fe en el proceso de contratación. |
| Materias | Requisitos Habilitantes · Rup · Sociedades Nuevas · Experiencia en contratación estatal · Retiro de socios · Contratación estatal · Experiencia · Inferior a tres años · Menor a 3 años de constitución · Sociedades |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/02/C-093-2.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 59943e8674b8….
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