Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Aplicación de documentos tipo y control de la ejecución contractual en entidades estatales
P20240505004675 · 5 de mayo de 2024Contratación estatalcontrol y vigilanciacontratación estataldocumentos tipoley 2195 de 2022artículo 56fundamento normativoley 2022 de 2020Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Aplicación de documentos tipo y control de la ejecución contractual en entidades estatales |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance normativo de los documentos tipo en la contratación pública, específicamente en relación con la aplicación del artículo 56 de la Ley 2195 de 2022 y su interacción con el parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por la Ley 2022 de 2020. La autoridad fija la posición de que la obligatoriedad de los documentos tipo se circunscribe exclusivamente a las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) cuando celebren contratos o convenios interadministrativos o de cualquier otra índole, sin extenderse a particulares o entidades con régimen de contratación especial o privado. Además, precisa que la finalidad de la norma es garantizar mayor transparencia en los procesos que involucren recursos públicos, evitando la elusión del EGCAP mediante la celebración de convenios con sujetos no sometidos a este régimen. También aborda el marco normativo de la supervisión y vigilancia de los contratos estatales, destacando la obligación de las entidades de ejercer control sobre su ejecución, sin que ello implique facultades de interpretación sobre normas ajenas al sistema de compras públicas. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la obligatoriedad de aplicar documentos tipo y ejercer control contractual en entidades de régimen especial o privado |
| Fragmentos citables | De acuerdo con lo anterior, el artículo 56 de la Ley 2195 de 2022, en principio, se presenta como una norma que complementa al parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por la Ley 2022 de 2020, que establece el mandato de aplicación obligatoria de los documentos tipo para las entidades sometidas al EGCAP cuando celebren contratos o convenios interadministrativos o de cualquier otra índole, y en el marco de la regla de interpretación por contexto conforme al criterio hermenéutico del artículo 30 del Código Civil, según el cual “Los pasajes oscuros de una ley pueden ser ilustrados por medio de otras leyes, particularmente si versan sobre el mismo asunto”, y de interpretación por extensión de una ley consagrada en el artículo 31 ibidem, conforme al cual “Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley se determinará por su genuino sentido, y según las reglas de interpretación precedentes”. Desde esta perspectiva, no pudiera pensarse entonces que se extiende la aplicación a particulares y a entidades con régimen de contratación especial la obligatoriedad de adelantar procesos de selección y suscribir contratos sometidos al EGCAP, puesto que el texto de la Ley 2022 de 2020 establece con claridad la regla de aplicación obligatoria de los documentos tipo en los procesos de contratación adelantados por las entidades estatales regidas por el EGCAP, es decir, la obligatoriedad de utilizar documentos pliego tipo se extiende en los convenios o contratos interadministrativos o de cualquier otra índole, ya las diferentes modalidades de selección de los Procesos de Contratación adelantados por entidades sometidas al EGCAP. |
| Materias | Control Y Vigilancia · Contratación estatal · Documentos Tipo · Ley 2195 De 2022 · Artículo 56 · Fundamento normativo · Ley 2022 de 2020 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/06/C-095.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: dbcbcd6c5255….
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