Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Requisitos habilitantes en la contratación estatal y sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
P20241213012509 · 31 de diciembre de 2024Contratación estatalrequisitos habilitantesselección objetivaautonomía de la voluntad de las entidades estatalessistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)contratación estatalsistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo sg-sstautonomía de la voluntad de las entidades estatales para establecerloscarácter enunciativocontratos estatalesevaluación y selección de proveedores y contratistasnociónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Requisitos habilitantes en la contratación estatal y sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (sg-sst) |
|---|---|
| Resumen | El documento, suscrito por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de los requisitos habilitantes en los procesos de contratación estatal y su relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Fija la posición de que los requisitos habilitantes no son taxativos, sino que las entidades estatales pueden establecer otros adicionales o distintos a los previstos en el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, siempre que se justifiquen en los estudios previos y se ajusten a los principios de legalidad y proporcionalidad. Precisa que el SG-SST no es un requisito obligatorio, pero sí puede ser incluido como criterio de evaluación o selección, sin que ello implique exigir certificaciones de sistemas de gestión de calidad. La inclusión de este criterio debe ser discrecional, justificada y proporcional al objeto contractual, sin que pueda aplicarse de manera mecánica en todos los procesos. |
| Problema jurídico | ¿Puede una entidad estatal exigir el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) como criterio de evaluación y selección de contratistas? |
| Fragmentos citables | se deduce entonces que los requisitos habilitantes, si bien constituyen obligaciones que los proponentes deben cumplir y acreditar para participar en el procedimiento de selección, no se valoran con un puntaje que determine el orden de escogencia, sino que se analizan como criterios previos a la evaluación en sentido estricto, de manera que quienes no los reúnan no pueden continuar en el procedimiento de selección, o sea, incurren en causal de rechazo. Esto sin perjuicio del derecho que tienen los oferentes de subsanar los defectos que se presenten en la prueba de tales requisitos, de conformidad con el artículo 5, parágrafos 1º al 4º, de la Ley 1150 de 2007. |
| Materias | Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Autonomía de la voluntad de las entidades estatales · Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (sg-sst) · Contratación estatal · Sistema De Gestión De Seguridad Y Salud En El Trabajo Sg-sst · Autonomía De La Voluntad De Las Entidades Estatales Para Establecerlos · Carácter enunciativo · Contratos estatales · Evaluación y selección de proveedores y contratistas · Noción |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/01/C-1013.docx |
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