Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Capacidad financiera y organizacional: verificación en el Registro Único de Proponentes
P20250130000837 · 30 de enero de 2025Contratación estataldocumentos tipomejor año fiscalregistro único de proponentesrequisitos habilitantescontratación estatalcapacidad financiera y organizacionaldocumentos tipo de infraestructura socialinterpretaciónvigenciaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Capacidad financiera y organizacional: verificación en el Registro Único de Proponentes |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-102 de 2025, conceptúa sobre el alcance y vigencia de las reglas aplicables a la verificación de la capacidad financiera y organizacional de los proponentes en el Registro Único de Proponentes (RUP). Fija la posición de que, al no existir norma que extienda más allá del 31 de diciembre de 2023 las disposiciones transitorias contenidas en los Decretos 399 y 579 de 2021 y 1041 de 2022, a partir del 1° de enero de 2024 los proponentes solo podrán reportar ante las Cámaras de Comercio la información contable del último año fiscal. Así mismo, precisa que la evaluación de los indicadores financieros en los procesos de contratación pública debe ajustarse a lo dispuesto en los numerales 1.3 y 2.3 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, garantizando igualdad entre los oferentes. La autoridad también señala que los documentos tipo de infraestructura social y otros serán actualizados para reflejar este cambio normativo. |
| Problema jurídico | Cómo se evalúa actualmente la información financiera contenida en el RUP en los documentos tipo de infraestructura social |
| Fragmentos citables | Teniendo en cuenta que el RUP debe contener la información financiera y organizacional del proponente correspondiente a los últimos tres años o al período transcurrido desde su primer cierre fiscal, según el caso, al momento de evaluar tales indicadores las Entidades Estatales debían tener en cuenta “el mejor año fiscal” que refleje el registro. Por “mejor año fiscal” se interpreta la información relativa al año apreciada en su conjunto, o sea, de manera integral, que permita al proponente cumplir los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional. Por no existir una norma que amplíe a la vigencia 2024 y siguientes las medidas adoptadas en los Decretos 399 y 579 de 2021 y 1041 de 2022, aquellas personas que partir del 1° de enero de 2024 realicen la inscripción o renovación del Registro Único de Proponentes solo podrán reportar ante las Cámaras de Comercio la información contable y los estados financieros del último año fiscal. las entidades deben estructurar la solicitud de indicadores financieros para sus procesos con referencia a lo dispuesto en los numerales 1.3 y 2.3 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015. |
| Materias | Documentos Tipo · Mejor Año Fiscal · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Contratación estatal · Capacidad Financiera Y Organizacional · Documentos tipo de infraestructura social · Interpretación · Vigencia |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/03/C-102.docx |
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Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 23c24686fade….
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