Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Carácter estimativo del Plan Anual de Adquisiciones y su relación con la contratación pública
2202013000002094 · 20 de marzo de 2020Contratación estatalactualización del plancarácter estimativoplan anual de adquisicionescontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Carácter estimativo del Plan Anual de Adquisiciones y su relación con la contratación pública |
|---|---|
| Resumen | El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y naturaleza jurídica del Plan Anual de Adquisiciones (PAA) en el marco del sistema de compra pública colombiano. Fija la posición de que el PAA es un instrumento de planeación de carácter estimativo y orientativo, no vinculante, que no obliga a las entidades a contratar exactamente lo previsto en él ni con los valores, plazos o modalidades allí consignados. Señala que su contenido debe ser actualizado al menos una vez al año, pero no exige identidad absoluta entre lo consignado en el PAA y lo finalmente contratado, salvo que se trate de modificaciones sustanciales. Además, precisa que los encargados de su elaboración, aprobación y actualización son definidos internamente por cada entidad, según sus competencias, y que Colombia Compra Eficiente establece los lineamientos y formatos para su diseño. El documento también aclara que el PAA no compromete a la entidad a celebrar contratos con los objetos, valores o condiciones inicialmente estimados, dado su carácter indicativo y flexible. |
| Problema jurídico | Determinar el carácter obligatorio del contenido del Plan Anual de Adquisiciones y su incidencia en la contratación pública |
| Fragmentos citables | El primer artículo establece el deber de las entidades de «elaborar el Plan Anual de Adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año». El aparte trascrito permite colegir que se trata de un documento de carácter estimativo, pues contiene un listado de bienes, obras o servicios que, producto del ejercicio de planeación de la entidad, pretende adquirir dentro de la vigencia correspondiente. El inciso 2 del artículo referido estableció 4 eventos en los que procede la actuación del Plan Anual de Adquisiciones: i) ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección, origen de los recursos; ii) para incluir nuevas obras, bienes y/o servicios; iii) excluir obras, bienes y/o servicios; o iv) modificar el presupuesto anual de adquisiciones. Nótese que la norma solo estableció los eventos en los que debe actualizarse el Plan Anual de Adquisiciones, sin detenerse en limitar la procedencia de esta modificación a ciertos topes, como por ejemplo, aumentar o disminuir valores. De manera que, la norma no señaló un tope máximo de oportunidades para actualizar el plan anual de adquisiciones, por lo cual, la entidad podrá modificarlo las veces que considere pertinente, pero, al establecer el reglamento cierto margen de laxitud en relación con la información incluida en el plan anual de adquisiciones y en el deber no tan inflexible de actualizarlo, se puede colegir también que la descripción del plan anual de adquisiciones no debe ser idéntico a la minuta contractual o a los pliegos de condiciones. Tampoco debe existir identidad entre el valor señalado en el plan y el monto por el cual finalmente se suscribe el contrato. En efecto, el artículo 2.2.1.1.1.4.1. del Decreto 1082 de 2015 establece que el valor del contrato incluido en el plan es estimado. Además de lo anterior, lo usual es que luego de realizado el procedimiento de selección, el valor inicial definido por la entidad disminuya, de acuerdo a los ofrecimientos realizados por los proponentes, y será por dicho valor que finalmente se suscriba el contrato. |
| Materias | Actualización Del Plan · Carácter estimativo · Plan anual de adquisiciones · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597049612260-C-106-de-2020.docx |
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