Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Concurrencia entre mínima cuantía y acuerdos marco de precios tras la Ley 1955 de 2019
2202013000001565 · 3 de marzo de 2020Contratación estatalacuerdos marco de preciosdecreto 1082 de 2015decreto ley 4170 de 2011ley 1955 de 2019mínima cuantíacontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Concurrencia entre mínima cuantía y acuerdos marco de precios tras la Ley 1955 de 2019 |
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| Resumen | Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-108 de 2020, fija la posición interpretativa sobre la concurrencia entre la modalidad de selección de mínima cuantía y los acuerdos marco de precios tras la entrada en vigencia de la Ley 1955 de 2019. Precisa que, cuando exista un acuerdo marco de precios vigente para bienes o servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, las entidades estatales obligadas deben adquirir dichos bienes o servicios a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano, incluso si el valor del contrato no excede el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad. Sin embargo, si el bien o servicio no está disponible en el acuerdo marco de precios, prevalece la modalidad de mínima cuantía, conforme a lo establecido por el Consejo de Estado en su auto del 29 de marzo de 2017. El documento detalla los requisitos y procedimientos de ambas modalidades, así como los fundamentos normativos que regulan su aplicación, destacando la primacía del acuerdo marco de precios en los casos de disponibilidad y la excepción cuando este no cubra la necesidad contractual. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la aplicación de la Ley 1955 de 2019 para procesos de selección que, por su cuantía, no superen la mínima cuantía y cuenten con Acuerdo Marco de Precios |
| Fragmentos citables | La mínima cuantía es una modalidad de selección en virtud de la cual la entidad estatal realiza una convocatoria pública para recibir ofertas de bienes o servicios cuyo valor no excede el diez por ciento (10%) de la menor cuantía. Fue creada por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 – que adicionó el numeral 5º al artículo 2 de la Ley 1150 de 2007–, estableciendo que el factor determinante para llevar a cabo tal procedimiento es la cuantía –calculada como presupuesto oficial a partir del estudio del sector–, «independientemente de su objeto». El artículo 42 de la Ley 1955 de 2019 establece que las entidades estatales obligadas tienen el deber de realizar la adquisición de bienes o servicios de características técnicas uniformes y de común utilización a través del acuerdo marco de precios que esté disponible, incluso en los procesos de contratación cuyo presupuesto no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía. Sin embargo, cuando el bien o servicio de características técnicas uniformes y de común utilización no esté disponible en un acuerdo marco de precios, y la cuantía sea menor al diez por ciento (10%) del presupuesto, prevalece la modalidad de mínima cuantía, tal como lo indicó el Consejo de Estado en el auto del 29 de marzo de 2017. |
| Materias | Acuerdos Marco De Precios · Decreto 1082 De 2015 · Decreto Ley 4170 de 2011 · Ley 1955 de 2019 · Mínima Cuantía · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-108-de-2020.docx |
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