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Ley de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa y convenios interadministrativos durante periodos electorales
1_2026_01_27_000904 · 4 de marzo de 2026Contratación estatalcontratación directaconvenios interadministrativosempresas sociales del estadoley de garantías electoralesley 100 de 1993ley 1150 de 2007ley 80 de 1993ley 996 de 2005contratación estatalalcanceámbito materialaplicación a convenios interadministrativosartículo 33artículo 38contratacióncontratación por parte de entidades sanitarias y hospitalariasexcepciónfinalidadrestriccionestipos de elecciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Ley de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa y convenios interadministrativos durante periodos electorales |
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| Resumen | Este documento conceptúa el alcance de las restricciones establecidas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) sobre contratación pública y convenios interadministrativos durante períodos preelectorales. Fija la posición de que la prohibición de contratación directa del artículo 33 aplica a cualquier sistema de selección que excluya la convocatoria pública o la pluralidad de oferentes, incluyendo entidades con régimen especial de contratación, y que las Empresas Sociales del Estado (ESE) se asimilan a las 'entidades sanitarias y hospitalarias' para efectos de la excepción prevista en dicho artículo. Además, precisa que la restricción del parágrafo del artículo 38 sobre convenios interadministrativos abarca tanto contratos como convenios, y que estas prohibiciones operan de manera diferenciada según el tipo de elección (presidencial o de otros cargos). El documento fundamenta su interpretación en la naturaleza misional de las ESE, la taxatividad de las excepciones y la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional sobre normas prohibitivas. |
| Problema jurídico | ¿Es jurídicamente procedente asimilar a las Empresas Sociales del Estado, definidas en el artículo 194 de la Ley 100 de 1993, a las 'entidades sanitarias y hospitalarias' para efectos de la excepción prevista en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley 996 de 2005? |
| Fragmentos citables | la Ley de Garantías Electorales estableció una serie de regulaciones y prohibiciones dirigidas a los servidores públicos. Con la finalidad de preservar la igualdad entre los candidatos en las elecciones, aumentó las garantías en materia de contratación, de forma que no exista siquiera sospecha de que, por ese medio, en los periodos previos a la contienda electoral, se alteren las condiciones de igualdad entre los candidatos. |
| Materias | Contratación Directa · Convenios Interadministrativos · Empresas Sociales Del Estado · Ley De Garantías Electorales · Ley 100 de 1993 · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Ley 996 de 2005 · Contratación estatal · Alcance · Ámbito material · Aplicación a convenios interadministrativos · Artículo 33 · Artículo 38 · Contratación · Contratación por parte de entidades sanitarias y hospitalarias · Excepción · Finalidad · Restricciones · Tipos de elección |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/03/C-108.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 15df63bed5e8….
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