Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Respuesta a consulta sobre conflicto de interés en documentos tipo de consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte
1_2026_01_27_000897 · 6 de marzo de 2026Contratación estatalconflicto de interésdocumentos tipoestudios previosconsultoría de estudios de ingenieríaestructuración de procesos de contratacióncontratación estatalconflicto de interesesalcanceconsultoríaequipo de trabajoformación y experienciafundamento normativoinalterabilidadnociónnumeral 1.14numeral 3.8.2obligatoriedadpersonal clave evaluablerégimen contractualColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Respuesta a consulta sobre conflicto de interés en documentos tipo de consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte |
|---|---|
| Resumen | Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de las causales de conflicto de interés establecidas en los documentos tipo para procesos de consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte, versión 2. Fija la posición de que tales causales, previstas en el numeral 1.14 del documento base, son aplicables no solo a la participación en el proceso de selección, sino también a la ejecución del contrato, al prohibir que el contratista vincule a personal clave evaluable que haya intervenido en la elaboración de estudios previos, estructuración del proceso o asesoría en los dos años previos a la apertura del proceso. La fundamentación se basa en el principio de moralidad administrativa, la prevalencia del interés general y la necesidad de garantizar transparencia e imparcialidad en la contratación pública. Además, precisa que los documentos tipo son de obligatoria observancia y que su inalterabilidad solo permite modificaciones en aspectos expresamente autorizados, integrando el resto sin alteraciones. Se advierte que la entidad no resuelve controversias particulares, sino que orienta sobre normas generales, dejando a las partes la aplicación concreta en cada caso. |
| Problema jurídico | ¿Existe conflicto de interés si un contratista vincula a la ejecución del contrato de consultoría a quienes hayan intervenido directa o indirectamente en la elaboración de los estudios previos y del sector, en la estructuración en cualquiera de las etapas del proceso de contratación, o a quienes hayan trabajado como asesores o consultores para la elaboración de estos? |
| Fragmentos citables | De los numeral 1.14 y 3.8.2 contenidos en el documento base de los documentos tipo de consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte, los conflictos de interés contenidos en el primer numeral señalado, recae de forma expresa sobre la participación en el proceso de selección, lo que impide que determinadas personas actúen como proponentes, sean evaluadas o resulten adjudicatarias, cuando “(…) hayan intervenido directa o indirectamente en la elaboración de los estudios previos y del sector, (...) en la estructuración, en cualquiera de sus etapas del presente proceso de contratación, (y) quienes hayan trabajado como asesores o consultores para la elaboración de estos (…)”. Por lo tanto, la obligación contractual de ejecutar el contrato con el personal clave evaluable ofertado, debe entenderse circunscrita a personas que no se encuentren incursas en las causales establecidas en el numeral 1.14 del documento base. Este conflicto de interés se orienta a garantizar la prevalencia del interés general sobre el particular, evitando que la persona que haya intervenido previamente en actuaciones como la estructuración técnica, jurídica o financiera del proceso, etc, pueda ostentar una posición ventajosa o privilegiada que afecte la igualdad entre oferentes o la objetividad en la selección. Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo. |
| Materias | Conflicto De Interés · Documentos Tipo · Estudios Previos · Consultoría de estudios de ingeniería · Estructuración de procesos de contratación · Contratación estatal · Conflicto De Intereses · Alcance · Consultoría · Equipo de trabajo · Formación y Experiencia · Fundamento normativo · Inalterabilidad · Noción · Numeral 1.14 · Numeral 3.8.2 · Obligatoriedad · Personal clave evaluable · Régimen contractual |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/03/C-109.docx |
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Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ba70fb2b278d….
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