Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consultas sobre convocatorias limitadas a mipymes y requisitos de capacidad financiera

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EpígrafeConsultas sobre convocatorias limitadas a mipymes y requisitos de capacidad financiera
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente –, conceptúa sobre dos aspectos clave en materia de contratación pública con Mipymes: (1) la limitación territorial en convocatorias limitadas a Mipymes colombianas y (2) los requisitos para acreditar capacidad financiera y organizacional por parte de proponentes nuevos. Respecto al primer tema, fija la posición de que la limitación territorial a Mipymes con domicilio en el municipio o departamento donde se ejecutará el contrato es facultativa para la entidad, pero debe ejercerse de manera motivada y ajustada a los requisitos legales, incluyendo la acreditación de domicilio principal de todos los integrantes en formas plurales de participación como Uniones Temporales o Consorcios. Sobre el segundo aspecto, precisa que las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben presentar información contable del último año gravable, mientras que las personas jurídicas deben aportar estados financieros auditados o, en su defecto, estados financieros de corte trimestral o de apertura, según corresponda. El documento enfatiza que estas reglas buscan garantizar el principio de igualdad y la finalidad promocional de las Mipymes, sin que la discrecionalidad administrativa pueda ser arbitraria o irracional.

Problema jurídico

Determinar si en procesos limitados a mipymes en el ámbito municipal puede presentarse un consorcio o unión temporal con empresas que no sean mipymes municipales y si una empresa recién constituida puede acreditar capacidad financiera y organizacional en cero o indeterminada

Fragmentos citables
En consecuencia, en los procesos limitados a Mipymes de carácter municipal no será procedente habilitar Uniones Temporales o Consorcios en los que alguno de sus integrantes no tenga domicilio en el municipio objeto de la limitación, pues conforme el marco normativo que se analizará en este concepto todos los integrantes del proponente plural deben cumplir con los requisitos establecidos, esto es tener la condición de Mipyme y tener su domicilio en el ámbito territorial donde se ejecutara el contrato.
Establece la regla central sobre la limitación territorial en convocatorias a Mipymes, precisando que todos los miembros de formas plurales deben acreditar domicilio en el municipio o departamento objeto de la restricción.
En relación con la segunda inquietud, resulta necesario señalar que, conforme a lo previsto en el artículo 2.2.1.1.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con las disposiciones tributarias vigentes, las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deberán presentar copia de la información contable correspondiente al último año gravable, en los términos y con los soportes exigidos por la normatividad fiscal.
Define el requisito específico para acreditar capacidad financiera por parte de personas naturales obligadas a llevar contabilidad, vinculando la obligación a la normativa tributaria vigente.
De igual manera, en atención a lo dispuesto por la regulación sobre el Registro Único de Proponentes (RUP), en los eventos en que el proponente no cuente con la antigüedad suficiente para disponer de estados financieros auditados a 31 de diciembre, podrá inscribirse en dicho registro con estados financieros de corte trimestral, suscritos por el representante legal y el contador o auditor, o, en su defecto, con estados financieros de apertura, los cuales cumplen la misma finalidad de acreditar la capacidad financiera y organizacional.
Explica la flexibilidad en la acreditación de capacidad financiera para proponentes nuevos, permitiendo estados financieros de corte trimestral o de apertura como alternativa a los auditados.
MateriasConsorcios Y Uniones Temporales · Empresas recién constituidas · Limitación territorial · Requisitos de capacidad financiera · Convocatorias Limitadas A Mipymes · Contratación estatal · Requisito Capacidad Financiera · Acreditación de experiencia · Decreto 1860 de 2021 · Proponentes nuevos
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/09/C-1108.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1108 de 2025
Número1_2025_08_08_008259
Fecha de publicación16 de septiembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: b83308ffb14a….

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