Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Requisitos habilitantes y capacidad jurídica en contratación pública

1_2025_08_15_008625 · 28 de agosto de 2025

EpígrafeRequisitos habilitantes y capacidad jurídica en contratación pública
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la discrecionalidad de las entidades públicas para establecer plazos de vigencia de certificados de existencia y representación legal, así como de certificaciones del Registro Único de Proponentes (RUP) en los procesos de contratación estatal. Fija la posición de que, salvo excepciones normativas específicas, las entidades pueden definir en los pliegos de condiciones plazos como 30 días o uno distinto, sin que el ordenamiento regule un término legal para estos certificados. Además, precisa que la exigencia de certificaciones recientes no vulnera la libre competencia ni constituye una barrera burocrática, pues se aplica por igual a todos los proponentes, y destaca que la vigencia de la información contenida en estos documentos depende de posibles actualizaciones en los registros mercantiles o en el RUP. También aborda la naturaleza de los requisitos habilitantes y la capacidad jurídica de personas naturales y jurídicas, subrayando su carácter previo a la evaluación de ofertas y su verificación por las Cámaras de Comercio.

Problema jurídico

Existencia de discrecionalidad de las entidades públicas para establecer el plazo de vigencia del certificado de existencia y representación legal y de la certificación del RUP en los documentos del proceso

Fragmentos citables
Los requisitos habilitantes se definen como exigencias de participación en los procedimientos de selección, establecidos en disposiciones normativas, de carácter legal o reglamentario, o las contenidas en el acto administrativo que regula las reglas de la convocatoria, es decir, en el pliego de condiciones o el documento equivalente a este. Se diferencian de los criterios de evaluación –también conocidos como criterios de calificación– en que estos son los factores definidos por la Entidad Estatal para la asignación de puntaje en el momento de la comparación de las ofertas, y que, a partir de su ponderación, permiten establecer el orden de elegibilidad y, por ende, la propuesta ganadora.
Define el concepto central de requisitos habilitantes y su distinción con los criterios de evaluación, clave para entender su tratamiento en el documento.
Los requisitos habilitantes, si bien constituyen obligaciones que los proponentes deben cumplir y acreditar para participar en el procedimiento de selección, no se valoran con un puntaje que determine el orden de escogencia, sino que se analizan como criterios previos a la evaluación en sentido estricto, de manera que quienes no los reúnan no pueden continuar en el procedimiento de selección, o sea, incurren en causal de rechazo.
Explica el efecto jurídico de los requisitos habilitantes en la participación de los proponentes, fundamental para su aplicación en los procesos de contratación.
El ordenamiento no regula un plazo de vigencia del certificado de existencia y representación legal ni de la certificación del RUP, aspectos totalmente distintos a la obligación de renovar los registros. Por tanto, salvo que el proceso de selección se rija por el artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 o el artículo 56 de la Ley 2195 de 2022, las entidades tienen discrecionalidad para acoger un plazo de vigencia de 30 días o establecer uno distinto en los pliegos de condiciones.
Establece la regla central sobre la discrecionalidad de las entidades para fijar plazos de vigencia de certificados, respuesta directa a la consulta planteada.
Tratándose del certificado de existencia y representación legal, no incluir un término para su expedición en el pliego de condiciones podría generar consecuencias negativas que afectan el proceso de contratación. Por ejemplo, si no se estableciera un término máximo de expedición del certificado, podría ocurrir que las personas jurídicas hubieren modificado su objeto social a actividades que no permiten ejecutar el contrato estatal, sin que la Entidad Estatal tenga conocimiento de esta situación, al no contar con un certificado reciente.
Ilustra los riesgos de no establecer plazos para certificados recientes, justificando la necesidad de su regulación en los pliegos de condiciones.
MateriasCapacidad Jurídica · Certificado De Existencia Y Representación Legal · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Contratación estatal · Capacidad · Existencia y representación legal · Personas jurídicas · Personas naturales · Plazo de vigencia · Rup
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/08/C-1149.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1149 de 2025
Número1_2025_08_15_008625
Fecha del documento28 de agosto de 2025
Fecha de publicación29 de agosto de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 375e45562489….

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