Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Convenios solidarios con organismos de acción comunal: marco normativo y regímenes de contratación

P20230323002668 · 21 de abril de 2023

EpígrafeConvenios solidarios con organismos de acción comunal: marco normativo y regímenes de contratación
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance y régimen jurídico de los convenios solidarios celebrados entre entidades territoriales y organismos de acción comunal, precisando las modalidades, requisitos y límites aplicables según la normativa vigente. Fija la posición de que estos convenios, orientados a la ejecución de obras públicas, pueden celebrarse por contratación directa bajo tres regímenes: i) el previsto en el parágrafo cuarto del artículo 3 de la Ley 136 de 1994, aplicable a entidades departamentales y municipales con juntas de acción comunal para obras hasta la mínima cuantía; ii) el régimen del Decreto 092 de 2017, para programas y actividades de interés público sin contraprestación estatal; y iii) el régimen de la Ley 2166 de 2021, que amplía la posibilidad a entidades nacionales y todos los organismos de acción comunal, con objeto exclusivo de obras hasta la menor cuantía, incluyendo costos administrativos y supervisión técnica. Señala que estos convenios deben alinearse con planes de desarrollo, satisfacer necesidades comunitarias y, en el caso de la Ley 2166 de 2021, contratar con habitantes de la comunidad para la ejecución de las obras.

Problema jurídico

Determinar el régimen aplicable a la celebración de convenios solidarios entre entidades territoriales y organismos de acción comunal, especialmente en relación con el objeto (obras vs. suministros) y la cuantía (mínima vs. menor cuantía)

Fragmentos citables
Estos convenios solidarios deben tener por objeto únicamente la ejecución de obras. Esto significa que no pueden desarrollarse otros objetos distintos a la obra con fundamento en este artículo.
Precisa el límite material del objeto de los convenios solidarios bajo la Ley 2166 de 2021, excluyendo otros tipos de prestaciones como suministros.
Las entidades deberán contar con personal técnico y administrativo-contable para apoyar y supervisar a los organismos de acción comunal durante la ejecución de las obras.
Destaca una obligación clave para las entidades estatales en la ejecución de convenios solidarios, garantizando supervisión técnica y administrativa.
MateriasContratación Directa · Convenios Solidarios · Ley 136 De 1994 · Ley 2166 De 2021 · Organismos De Acción Comunal · Decreto 142 de 2023 · Menor cuantía · Contratación estatal · Ámbito de aplicación · Artículo · Artículo 95 · Contratos de obra · Marco normativo · Régimen jurídico · Regímenes de contratación
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1684970966190-C-117-de-2023.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-117 de 2023
NúmeroP20230323002668
Fecha del documento21 de abril de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 739c27e4fd15….

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