Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Adendas en pliegos de condiciones: límites temporales y materiales

P20250204000998 · 4 de febrero de 2025

EpígrafeAdendas en pliegos de condiciones: límites temporales y materiales
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los límites materiales y temporales de las modificaciones a los pliegos de condiciones mediante adendas en procesos de licitación pública. La entidad fija la posición de que las adendas solo pueden alterar aspectos no sustanciales del pliego, como el cronograma o detalles técnicos menores, siempre que no modifiquen el objeto del contrato, el mecanismo de selección o el presupuesto. Además, precisa que los errores formales, aritméticos o de digitación pueden corregirse mediante actos administrativos de saneamiento o corrección, sin necesidad de adendas. La respuesta se fundamenta en los principios de transparencia, planeación y selección objetiva, así como en la jurisprudencia del Consejo de Estado, que delimita el alcance de las modificaciones permitidas para garantizar la seguridad jurídica del proceso. También se señalan los límites temporales para expedir adendas, establecidos en el Decreto 1082 de 2015.

Problema jurídico

¿Es posible modificar el presupuesto oficial mediante adenda en un proceso de licitación pública cuando se evidencia un error de cálculo en alguno de los ítems o servicios?

Fragmentos citables
las adendas solo pueden modificar aspectos de los pliegos que no sean sustanciales, lo que significa que pueden cambiar asuntos como el cronograma del proceso, o pueden abrir la posibilidad de que un material no previsto inicialmente sea utilizado en la elaboración de lo que la entidad requiere siempre que no incida en el presupuesto. En ese sentido, debe tenerse en cuenta que mediante adendas no se pueden cambiar asuntos sustanciales como son el objeto del contrato, el mecanismo de selección y el presupuesto.
Establece la regla central sobre los límites materiales de las adendas, diferenciando claramente qué aspectos pueden modificarse y cuáles están vedados.
las adendas además deben cumplir todos los requisitos de publicidad del pliego de condiciones, ya que, para garantizar seguridad jurídica en el marco del proceso, las reglas no pueden variar a espaldas de los eventuales interesados, como en efecto aplicó para la publicación del pliego inicial.
Destaca la obligación de publicidad de las modificaciones, reforzando el principio de transparencia en los procesos de contratación pública.
En el proceso de licitación pública los principios de transparencia, planeación y selección objetiva se materializan en el procedimiento y las reglas establecidos en el pliego de condiciones que reglamentan todo el iter contractual (selección, celebración y ejecución del contrato). Su contenido debe ajustarse a lo establecido en el numeral 5 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 2.2.1.1.2.1.3. del Decreto 1082 de 2015.
Fundamenta la posición en los principios constitucionales y legales que rigen la contratación pública, vinculando el pliego de condiciones como acto administrativo.
Si bien no es posible el uso de adendas que permitan la modificación de ciertos aspectos dentro del proceso de selección, como los aspectos sustanciales del pliego que inciden en los factores de calificación u otros aspectos cuando se ha superado el término previsto en la legislación, esto no es impedimento, para que en el evento de presentarse circunstancias que no modifican sustancialmente las características del proceso, se pueda acudir a la figura del saneamiento o en su defecto, cuando se trate de un asunto netamente formal, aritmético o de digitación, expedir el respectivo acto administrativo de corrección, dada la naturaleza del pliego de condiciones.
Explica las alternativas para corregir errores no sustanciales cuando no es viable usar adendas, como el saneamiento o actos administrativos de corrección.
MateriasAdendas · Licitación Pública · Pliegos De Condiciones · Errores de cálculo · Presupuesto oficial · Contratación estatal · Limites Materiales · Limites Temporales · Pliego de condiciones
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/03/C-117.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-117 de 2025
NúmeroP20250204000998
Fecha del documento4 de febrero de 2025
Fecha de publicación14 de marzo de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 9658bad872f7….

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