Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre asignación de puntaje adicional por vinculación de personas con discapacidad en procesos de contratación estatal
P20230327002814 · 11 de mayo de 2023Contratación estataldocumentos tipo de licitaciónpersonas con discapacidadcertificación laboralformato 8puntaje adicionalcontratación estataldocumentos tipopersonas en condición de discapacidaddecreto 392 de 2018desarrollo normativodocumento basefundamento normativonumeral 4.4Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre asignación de puntaje adicional por vinculación de personas con discapacidad en procesos de contratación estatal |
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| Resumen | El documento conceptúa que el otorgamiento del puntaje adicional del uno por ciento (1%) en procesos de licitación pública y concurso de méritos a proponentes que vinculen trabajadores con discapacidad no distingue entre jornadas laborales parciales o completas. La Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente fija esta posición interpretativa al analizar el Decreto 392 de 2018, que reglamenta los incentivos en contratación estatal previstos en la Ley 1618 de 2013. Para acceder al beneficio, los proponentes deben acreditar mediante dos certificaciones: i) el número total de trabajadores vinculados a su planta de personal al cierre del proceso, y ii) el número mínimo de personas con discapacidad en su planta, certificado por el Ministerio de Trabajo. La norma no exige que la vinculación sea a tiempo completo, por lo que el principio *ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus* impide realizar distinciones no previstas. Esta interpretación se aplica tanto a proponentes individuales como a estructuras plurales (consorcios o uniones temporales), donde se considera la planta de personal del integrante que aporte al menos el 40% de la experiencia requerida. |
| Problema jurídico | Determinar si el puntaje adicional por vinculación de personas con discapacidad aplica indistintamente de la jornada laboral (parcial o completa) de los trabajadores |
| Fragmentos citables | El Decreto 392 de 2018, en desarrollo del artículo 13 de la Ley 1618 de 2013, determinó que en los procesos de selección de licitación pública y concurso de méritos se otorgaría el uno por ciento (1%) de los puntos establecidos en el pliego de condiciones a aquellos proponentes que acreditaran: i) el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal; y, ii) la vinculación de, por lo menos, el número mínimo exigido de trabajadores con discapacidad. Por su parte, cuando se trate de proponentes plurales, esto es, consorcio o unión temporal, la acreditación de requisito corresponderá a los integrantes en la forma antes enunciada. Por ende, deben certificar el número de trabajadores vinculados a la planta de personal, según se trate de persona natural o persona jurídica. En segundo lugar, para acreditar que se cumple con el número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido, se empleará un certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual debe estar vigente al cierre del respectivo proceso. |
| Materias | Documentos Tipo De Licitación · Personas Con Discapacidad · Certificación laboral · Formato 8 · Puntaje adicional · Contratación estatal · Documentos tipo · Personas En Condición De Discapacidad · Decreto 392 de 2018 · Desarrollo normativo · Documento Base · Fundamento normativo · Numeral 4.4 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1685369860721-C-120-de-2023.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 3d0163102eda….
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