Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Proceso de mínima cuantía: concepto, procedimiento y aceptación de ofertas

2202013000002210 · 25 de marzo de 2020

EpígrafeProceso de mínima cuantía: concepto, procedimiento y aceptación de ofertas
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la modalidad de selección de mínima cuantía, su procedimiento y, específicamente, sobre el plazo para aceptar las ofertas presentadas en este tipo de procesos. La autoridad fija la posición de que, al no existir en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública un término legal para aceptar las ofertas en mínima cuantía, corresponde a cada entidad establecerlo en la invitación a contratar, careciendo la Agencia de competencia para señalarlo. Además, precisa que esta modalidad es un procedimiento especial de selección, distinto a la licitación pública, donde el precio es el único factor de calificación y el contrato se perfecciona con la comunicación de aceptación de la oferta de menor precio, sin requerir minuta. También aborda la concurrencia entre mínima cuantía y acuerdos marco de precios, señalando que, tras la modificación introducida por la Ley 1955 de 2019, las entidades deben adquirir bienes o servicios de características técnicas uniformes disponibles en acuerdos marco a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano, incluso si su valor no excede el 10% de la menor cuantía, salvo que no estén disponibles en dicho instrumento.

Problema jurídico

Determinar el plazo para que las entidades públicas acepten las ofertas en procesos de mínima cuantía ante la ausencia de regulación expresa en la normativa aplicable.

Fragmentos citables
La mínima cuantía es una modalidad de selección en virtud de la cual la entidad estatal realiza una convocatoria pública para recibir ofertas de bienes o servicios cuyo valor no excede el diez por ciento (10%) de la menor cuantía. Fue creada por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011– que adicionó el numeral 5º al artículo 2 de la Ley 1150 de 2007– , estableciendo que el factor determinante para adelantar tal procedimiento es la cuantía –calculada como presupuesto oficial a partir del estudio del sector–, «independientemente de su objeto».
Define el alcance y fundamento legal de la modalidad de mínima cuantía, clave para entender su naturaleza como procedimiento especial de selección.
En relación con el plazo que tienen las entidades públicas para aceptar la oferta presentada bajo esta modalidad de contratación, hay un vacío porque ni la Ley 1150 de 2007, ni la Ley 1474 de 2011, ni el Decreto 1082 de 2015 establecieron el término con el que cuentan las entidades para aceptarla. De manera que al no existir en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública una norma que lo fije cada entidad debe establecerlo en la invitación a contratar, así que la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente carece de competencia para señalarlo.
Resuelve el problema jurídico central del documento: la ausencia de plazo legal para aceptar ofertas en mínima cuantía y la competencia de las entidades para fijarlo.
MateriasMínima Cuantía · Aceptación de ofertas · Plazo de aceptación · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597051005289-C-122-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-122 de 2020
Número2202013000002210
Fecha del documento25 de marzo de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 8fcf5461c17f….

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