Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Inalterabilidad de los documentos tipo en la contratación pública

1_2025_09_01_009378 · 9 de octubre de 2025

EpígrafeInalterabilidad de los documentos tipo en la contratación pública
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la inalterabilidad de los Documentos Tipo en materia de contratación pública, específicamente en el sector de infraestructura de transporte. Fija la posición de que las entidades estatales no pueden incluir o modificar requisitos, condiciones habilitantes, factores técnicos o sistemas de ponderación distintos a los establecidos en los Documentos Tipo, salvo en los aspectos permitidos expresamente por estos. En particular, precisa que para acreditar la experiencia entre particulares mediante la certificación de facturación, las entidades deben ceñirse estrictamente al numeral 10.1.6 del Documento Base, sin exigir requisitos adicionales ni establecer criterios distintos a los allí previstos. La autoridad fundamenta su postura en la regla de inalterabilidad consagrada en la Ley 2022 de 2020 y en los actos administrativos que adoptan los Documentos Tipo, destacando que la certificación de facturación debe ser emitida por el revisor fiscal o contador público del proponente, acompañada de la copia de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios vigente, o documentos equivalentes según el país de expedición. Además, señala que la entidad únicamente verificará el valor ejecutado del contrato que acredita la experiencia, sin alterar los requisitos fijados en el Documento Tipo.

Problema jurídico

Determinar si una entidad estatal puede establecer requisitos adicionales a los previstos en el numeral 10.1.6 de los documentos tipo para la acreditación de experiencia entre particulares y cuál es el contenido mínimo obligatorio de la certificación de facturación exigida

Fragmentos citables
Todas las resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante las cuales se han adoptado los documentos tipo, consagran la regla de la inalterabilidad. Esta prohibición consiste en que las entidades estatales no pueden incluir o modificar en los Documentos del Proceso condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los Documentos Tipo. En consecuencia, las condiciones establecidas en dichos documentos son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos que deban regirse por su contenido, y no pueden variarse los requisitos fijados en ellos.
Establece la regla general de inalterabilidad de los Documentos Tipo, base jurídica para entender los límites de las entidades en la modificación de requisitos.
Por lo tanto, teniendo en cuenta la inalterabilidad que se predica de los documentos tipo, la acreditación de la experiencia debe realizarse en los términos del numeral 3.8.1 cuando se trate de experiencia mínima habilitante y 10.1 cuando se trate de la experiencia del proponente que otorga puntaje. Esto significa que los documentos válidos para acreditar la experiencia son aquellos definidos en los numerales señalados del Documento Base.
Define los numerales aplicables para acreditar la experiencia según su finalidad, reforzando la obligatoriedad de los Documentos Tipo.
En el caso de la acreditación de experiencia entre particulares, deberá observarse lo dispuesto en el numeral 10.1.6. Así, el proponente deberá aportar, de forma adicional, la certificación de facturación expedida con posterioridad a la fecha de terminación del contrato. Sobre la “Certificación”, el documento base del pliego tipo de interventoría de obra pública de infraestructura de transporte – versión 3, no estandarizó las condiciones que debe contener dicha certificación, solo se limitó a establecer que esta debe ser emitida por el revisor fiscal o contador público del Proponente que acredita la experiencia, según corresponda: i) con la copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, o ii) con los documentos equivalentes que hagan sus veces en el país donde se expide el documento del profesional.
Detalla los requisitos específicos para la certificación de facturación en la acreditación de experiencia entre particulares, excluyendo la posibilidad de exigir condiciones adicionales.
Ahora bien, teniendo en cuenta la inalterabilidad que recae sobre el documento tipo –la cual impide a las entidades incluir o modificar condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación, y que el aspecto donde se contiene la “certificación”, no es de aquellos que la Entidad puede diligenciar. Sobre el particular debe indicarse que, no le es posible a las entidades solicitar requisitos adicionales a los dispuestos en el literal A. del numeral 10.1.6 “Para contratos entre particulares”. Así, no puede la entidad incluir en dicho numeral que la certificación de factura que debe aportar el proponente contenga algún(os) criterios para considerarse en el Proceso de Contratación.
Refuerza la imposibilidad de las entidades de modificar o adicionar requisitos en la certificación de facturación, en virtud de la inalterabilidad de los Documentos Tipo.
MateriasCompetencia Consultiva · Documentos Tipo · Certificación de facturación · Experiencia entre particulares · Inalterabilidad · Contratación estatal · Alcance · Documentos válidos para la acreditación de la experiencia requerida · Infraestructura de transporte · Numeral 10.1.6
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/10/C-1242.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1242 de 2025
Número1_2025_09_01_009378
Fecha del documento9 de octubre de 2025
Fecha de publicación10 de octubre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 07622a579ec7….

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