Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Certificaciones de sistemas de gestión de calidad como requisito habilitante o puntuable en procesos de mínima cuantía
1_2025_10_11_011441 · 21 de noviembre de 2025Contratación estatalcapacidad financieracapacidad jurídicacertificaciones de sistemas de gestión de calidadexperienciamínima cuantíarequisitos habilitantescapacidad de organizacióniso 20000-1contratación estatalrequisitos habilitantes de la ley 1150 de 2007selección objetivacarácter enunciativono se pueden exigir como requisito habilitante o puntuablenoción y factores de escogenciaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Certificaciones de sistemas de gestión de calidad como requisito habilitante o puntuable en procesos de mínima cuantía |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance de los requisitos habilitantes en los procesos de contratación pública, precisando su naturaleza, límites y excepciones. Fija la posición de que los cuatro requisitos habilitantes establecidos en el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 (capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y capacidad de organización) no son taxativos, sino enunciativos, permitiendo a las entidades exigir otros requisitos adicionales como la capacidad residual para contratos de obra, siempre que sean adecuados, proporcionales y estén debidamente fundamentados en normas generales. Además, conceptúa que las certificaciones de sistemas de gestión de calidad no pueden ser exigidas como requisitos habilitantes ni puntuables en ningún proceso de selección, incluyendo los de mínima cuantía, alineándose con el criterio del Consejo de Estado y la finalidad de garantizar la objetividad en la selección. También delimita la competencia de la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– para emitir interpretaciones generales, sin resolver casos particulares ni validar actuaciones de entidades estatales. |
| Problema jurídico | Determinar si las certificaciones de sistemas de gestión de calidad pueden establecerse como documento habilitante para participar en procesos de selección de mínima cuantía |
| Fragmentos citables | El artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 establece que se considera «objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva». […] los factores de escogencia y calificación que establezcan las entidades en los pliegos de condiciones o sus equivalentes deberán tener en cuenta, entre otras cuestiones, los criterios establecidos en los numerales 1 a 4 del mencionado artículo 5, así como los 5 parágrafos de dicha norma. Ese es el criterio actual en el Consejo de Estado. En efecto, en concepto del 20 de mayo del 2010, la Sala de Consulta y Servicio Civil de dicha Corporación aclaró que «[…] Los certificados de gestión de calidad no se pueden solicitar a los proponentes, ni como requisito habilitante para participar en los procesos de selección, ni para otorgar puntaje». |
| Materias | Capacidad Financiera · Capacidad Jurídica · Certificaciones De Sistemas De Gestión De Calidad · Experiencia · Mínima Cuantía · Requisitos Habilitantes · Capacidad de organización · Iso 20000-1 · Contratación estatal · Requisitos Habilitantes De La Ley 1150 De 2007 · Selección Objetiva · Carácter enunciativo · No se pueden exigir como requisito habilitante o puntuable · Noción y factores de escogencia |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/11/C-1490.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 385ab644cee1….
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