Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Documentos tipo: presentación de la oferta económica

2202013000002386 · 1 de abril de 2020

EpígrafeDocumentos tipo: presentación de la oferta económica
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente fija la posición de que, en los procedimientos de contratación de licitación de obra pública de infraestructura de transporte bajo Documentos Tipo, la oferta económica debe presentarse obligatoriamente en el «Formulario 1 - Formulario de Presupuesto Oficial», sin que sea admisible su presentación en formatos alternativos. La autoridad fundamenta su postura en la doble función de este formulario —como presupuesto oficial de la entidad y como formato para la oferta económica del proponente—, así como en la inalterabilidad de los Documentos Tipo establecida en el Decreto 342 de 2019. No obstante, precisa que, al no ser el formato un criterio de asignación de puntaje, su presentación en un documento distinto es subsanable, debiendo la entidad requerir al proponente para que ajuste su oferta al formato exigido, sin que ello implique modificar el contenido económico de la propuesta. Además, delimita que las causales de rechazo aplicables son únicamente las previstas en la Ley o en el numeral 1.15 del «Documento Base», excluyendo la presentación en formato diferente como causal autónoma de rechazo.

Problema jurídico

Determinar si una entidad debe aceptar o rechazar una oferta económica presentada en un formato distinto al señalado en los Documentos Tipo

Fragmentos citables
Los Documentos Tipo, adoptados mediante el Decreto 342 de 2019, e implementados y desarrollados a través de la Resolución 1798 de 2019, expedida por la Agencia Nacional de Contratación Pública ─ Colombia Compra Eficiente, establecen las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia, y los sistemas de ponderación de carácter obligatorio para las entidades sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública, que adelanten procedimientos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte.
Establece el marco normativo y la obligatoriedad de los Documentos Tipo para los procedimientos de contratación de obra pública de infraestructura de transporte.
Las causales de rechazo aplicables a los procedimientos de contratación que se adelanten a través de Documentos Tipo únicamente son las establecidas directamente en la Ley y las contenidas en el numeral 1.15 del «Documento Base». Allí la entidad estatal debe verificar cuál de los supuestos previstos se configura en la evaluación de las ofertas. En este sentido, la Administración no tiene la facultad de descalificar una oferta de forma discrecional, toda vez que solo es posible por las causas previamente definidas en la ley o en el pliego de condiciones.
Delimita el alcance de las causales de rechazo, excluyendo la discrecionalidad administrativa y reforzando la legalidad y taxatividad de las mismas.
MateriasCausales De Rechazo · Documentos Tipo · Decreto Ley 4170 de 2011 · Ley 1882 de 2018 · Decreto 342 de 2019 · Formulario 1 · Ley 1150 de 2007 · Oferta económica · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597845930293-C-153-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-153 de 2020
Número2202013000002386
Fecha del documento1 de abril de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5fd95aa716ea….

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