Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Estructuración del precio y forma de pago en contratos estatales a precios unitarios

P20240704006753 · 4 de julio de 2024

EpígrafeEstructuración del precio y forma de pago en contratos estatales a precios unitarios
Resumen

El documento conceptúa sobre la admisibilidad de estructurar el precio de los contratos estatales mediante precios unitarios ajustados a la demanda real de obras, bienes o servicios durante la ejecución contractual, sin exceder el presupuesto oficial asignado. Fija la posición de que esta modalidad de pago es procedente en contratos de suministro y obra pública, siempre que se justifique en los estudios previos y se respeten los principios de economía, eficiencia y gestión fiscal. La autoridad aclara que no existe una figura contractual denominada 'contrato por monto agotable' en el ordenamiento jurídico, pero reconoce que la práctica de establecer un tope presupuestal máximo con pagos escalonados según el consumo real es admisible dentro de los esquemas de precios unitarios. Además, precisa que la autonomía de las entidades públicas para definir la metodología de estructuración del precio —incluyendo la aplicación del concepto de AIU (Administración, Imprevistos y Utilidad)— no está regulada normativamente, pero sí avalada por la costumbre mercantil y la jurisprudencia. El documento también delimita los alcances de la competencia consultiva de la entidad emisora, excluyendo la resolución de controversias particulares y enfatizando que su respuesta se limita a orientar sobre la aplicación de normas generales en materia de contratación pública.

Problema jurídico

Admisibilidad de estructurar el precio y forma de pago en contratos estatales mediante precios unitarios según demanda, sin exceder el presupuesto oficial

Fragmentos citables
La estructuración del precio del contrato y la forma de pago a precios unitarios, según la demanda de obras, bienes o servicios requeridos por la entidad contratante durante el plazo del contrato, sin exceder el presupuesto oficial, es una modalidad de pacto contractual admisible en el contrato estatal que puede utilizarse por las entidades públicas. En efecto, puede resultar procedente si en la etapa de planeación del contrato, producto de los estudios previos y el análisis del sector y de los oferentes, se observa que la misma resulta adecuada para satisfacer de mejor manera la necesidad que se pretende satisfacer con el proceso de contratación y puede generar algún beneficio, como por ejemplo, la posibilidad de contar con precios fijos de las obras, bienes o servicios que se adquirirán durante el plazo de ejecución, controlando el gasto con el propósito de evitar el exceso en el presupuesto oficial.
Este fragmento contiene la regla central que fija la autoridad sobre la admisibilidad de la modalidad de pago por precios unitarios ajustados a la demanda, con un presupuesto limitativo, y los fundamentos para su aplicación.
MateriasAIU (Administración, Imprevistos y Utilidad) · Contrato De Obra · Contrato De Suministro · Contrato Por Monto Agotable · Autonomía de la voluntad en contratación estatal · Precio en contratos estatales · Precios unitarios · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-163-.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-163 de 2024
NúmeroP20240704006753
Fecha del documento4 de julio de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación16 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 16 de julio de 2026. Hash del original: 9d0c163a2982….

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