Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Experiencia de sociedades con menos de 3 años de constitución en procesos exceptuados del RUP y acreditación de requisitos habilitantes

2202013000002371 · 1 de abril de 2020

EpígrafeExperiencia de sociedades con menos de 3 años de constitución en procesos exceptuados del RUP y acreditación de requisitos habilitantes
Resumen

Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la acreditación de experiencia en procesos de contratación pública exceptuados del deber de inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP), específicamente para sociedades con menos de tres años de constitución. Fija la posición de que estas entidades pueden acreditar la experiencia de sus socios, accionistas o constituyentes en el RUP, incluso después de cumplidos los tres años de creación, siempre que el registro se encuentre vigente y renovado. La autoridad fundamenta su postura en el principio de igualdad de trato, la promoción de la pequeña empresa y la pluralidad de oferentes, así como en la interpretación extensiva del numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015. Además, precisa que la experiencia es un requisito habilitante de carácter personal, pero admite excepciones legales para su transferencia en casos específicos, como el de las sociedades nuevas, y que su verificación se realiza exclusivamente mediante el RUP, salvo cuando el objeto contractual requiera requisitos adicionales. También delimita las excepciones al deber de inscripción en el RUP y aclara que la experiencia no puede ser compartida ni transferida cuando la persona que la adquirió desaparece o se liquida.

Problema jurídico

¿Cómo acreditar la experiencia de los socios en sociedades con menos de 3 años de constitución para participar en procesos exceptuados del Registro Único de Proponentes (RUP), especialmente en contratos de mínima cuantía?

Fragmentos citables
La Subdirección de Gestión Contractual considera que la segunda alternativa es la más adecuada, toda vez que realiza el principio de igualdad de trato que rige la contratación de las entidades estatales y materializa el fin de protección de la norma, que es promover el desarrollo de la pequeña empresa y la pluralidad de oferentes.
Establece el fundamento de la posición adoptada por la autoridad, vinculando la interpretación normativa con principios constitucionales y objetivos de política pública.
La experiencia que se deriva de los contratos que el proponente ha celebrado y ejecutado con diferentes contratantes, sin importar la naturaleza de estos, se verifica con el Registro Único de Proponentes (RUP), cuando este certificado sea exigible de acuerdo con la ley, en el cual constan los requisitos habilitantes que se evalúan exclusivamente con este documento, que es su plena prueba, sin que le sea posible a la entidad o al proponente solicitar o aportar otra documentación.
Define la regla probatoria central sobre la acreditación de requisitos habilitantes, limitando la actuación de las entidades públicas en la verificación de la experiencia.
MateriasRegistro Único De Proponentes /rup · Experiencia de proponentes · Principio de igualdad en contratación pública · Sociedades con menos de 3 años de constitución · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597093773717-C-165-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-165 de 2020
Número2202013000002371
Fecha del documento1 de abril de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 6e21747470aa….

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