Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Autonomía de las entidades estatales en la metodología para elaborar estudios del sector y de mercado en contratación pública

1_2025_11_13_012866 · 8 de noviembre de 2025

EpígrafeAutonomía de las entidades estatales en la metodología para elaborar estudios del sector y de mercado en contratación pública
Resumen

Este documento conceptúa sobre el alcance de la obligación de las entidades estatales de utilizar la herramienta de solicitud de cotización en SECOP II para elaborar estudios de mercado y soportar procesos contractuales. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– fija la posición de que no existe normatividad que obligue a las entidades a emplear esta herramienta específica, pues gozan de autonomía razonada para definir en sus Manuales de Contratación las metodologías pertinentes, siempre que cumplan con los requisitos de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015. Sin embargo, reconoce que la solicitud de cotizaciones es una buena práctica recomendada en la Guía para la Elaboración de Estudios del Sector, sin carácter vinculante, y que las entidades deben realizar estudios previos integrales que incluyan análisis del sector, estudio de mercado y determinación del valor del contrato, sin imponer un procedimiento único. La respuesta se sustenta en el deber de planeación contractual, el principio de economía y la necesidad de garantizar eficacia, eficiencia y transparencia en la contratación pública, pero excluye juicios sobre casos particulares por limitación de su competencia consultiva.

Problema jurídico

Determinar si existe una norma que obligue a las entidades estatales a utilizar la herramienta de Solicitud de Cotización en SECOP II para elaborar los estudios de mercado y soportar procesos contractuales en todas sus modalidades

Fragmentos citables
De acuerdo con la “Guía para la Elaboración de Estudios del Sector” expedida por Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, allí se establecen varias metodologías, como las cotizaciones, a las que se refiere en su consulta, que son un instrumento que sirve de apoyo para entender el mercado del bien, obra o servicio que la Entidad Estatal pretende adquirir para diseñar el Proceso de Contratación con la información necesaria para alcanzar los objetivos de eficacia, eficiencia, economía, promoción de la competencia y manejo del riesgo. No obstante, las Entidades Públicas gozan de autonomía razonada, a la hora de aplicar una metodología para elaborar el Estudio del Sector, para lo cual dentro de su Manual de Contratación establecerán aquella que consideren pertinente, siempre y cuando acaten la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 frente a esta materia.
Establece la autonomía de las entidades para elegir metodologías en estudios de mercado y la naturaleza no vinculante de las cotizaciones en SECOP II, clave para entender el alcance de la obligación.
Por ende, a juicio de esta Agencia, no existe normatividad aplicable que obligue a las Entidades Estatales a hacer uso de la herramienta de solicitud de cotización en el SECOP II para realizar sus estudios del mercado, ya que debido a la autonomía administrativa de la que gozan, estas tienen la facultad de utilizar dichas herramientas legales que sirvan para salvaguardar sus procesos de contratación y los fines del estado. En todo caso, se reitera que, tal como se señala en la “Guía para la Elaboración de Estudios del Sector”, esta se recomienda como buena práctica para conocer en mercado y diseñar de la mejor forma posible el Proceso de Contratación.
Define la posición central del documento: no hay obligación legal de usar cotizaciones en SECOP II, aunque se recomienda como buena práctica.
La planeación contractual es una herramienta de gerencia pública, que exige estructurar el Proceso Contractual dedicando tiempo y esfuerzos para elaborar estudios previos, con el fin de determinar la necesidad que pretende satisfacer la Entidad Estatal y cuál es la mejor manera de hacerlo, consultando el tipo de bienes y servicios que ofrece el mercado y sus características, especificaciones, precios, costos, riesgos, garantías, disponibilidad, oferentes, etc. Lo anterior con la finalidad de realizar la escogencia diligente de la mejor oferta, para beneficiar los intereses y fines públicos inmersos en la contratación de las Entidades Estatales.
Explica el fundamento de los estudios previos y su relación con la planeación contractual, esencial para entender el deber de las entidades.
Si bien la normativa en materia de contratación estatal establece la obligatoriedad de realizar el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación, no determinan un procedimiento específico para efectuar dicho análisis por lo que las entidades son autónomas para estructurarlo, para lo cual deberán cumplir lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 y realizar un análisis integral de planeación que sirva de sustento a la decisión de realizar un Proceso de Contratación.
Destaca la autonomía de las entidades para definir procedimientos en estudios de sector, siempre que cumplan con el marco normativo, y la ausencia de un método único.
MateriasEstudios Previos · Principio De Economía · Autonomía administrativa · Cotizaciones · Guía para la elaboración de estudios del sector · Contratación estatal · Planeación · Análisis del sector · Autonomía · Estudio del mercado · Metodologías · Planeación En Los Procesos De Contratación Pública
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/12/C-1686.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1686 de 2025
Número1_2025_11_13_012866
Fecha del documento8 de noviembre de 2025
Fecha de publicación10 de diciembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: de56b52c5107….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com