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Ley de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa y convenios interadministrativos en período preelectoral
1_2025_11_14_012873 y 1_2025_11_14_012895 (acumulados) · 24 de diciembre de 2025Contratación estataladquisición de bienes inmueblescontratación directaconvenios interadministrativosdecreto 1082 de 2015ley de garantías electoralesley 1150 de 2007ley 996 de 2005contratación estatalalcanceámbito temporalcausalcelebracióncondiciones de igualdadcontratos y convenios interadministrativosdestinatariosexcepcionesfinalidadlímitepostura del consejo de estadoprohibición artículo 33restriccióntipos de restriccionesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Ley de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa y convenios interadministrativos en período preelectoral |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de las restricciones a la contratación pública durante el período de aplicación de la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 de 2005), precisando su interpretación restrictiva y delimitando su ámbito de aplicación. Fija la posición de que la prohibición de contratación directa establecida en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 —que aplica a todas las entidades del Estado durante los cuatro meses previos a las elecciones presidenciales— se extiende a cualquier modalidad de contratación no competitiva, incluyendo la adquisición de bienes inmuebles mediante escritura pública, salvo las excepciones taxativamente consagradas (defensa y seguridad del Estado, emergencias sanitarias o desastres, reconstrucción de infraestructura crítica y contratos sanitarios). Además, precisa que la restricción del parágrafo del artículo 38 de la misma Ley —que prohíbe a gobernadores, alcaldes y altos funcionarios destinar recursos públicos a actividades proselitistas— solo aplica a convenios interadministrativos que impliquen ejecución de recursos, no a contratos interadministrativos en general. El documento fundamenta su interpretación en el carácter restrictivo de las normas prohibitivas, la jurisprudencia del Consejo de Estado y la necesidad de garantizar condiciones de igualdad y transparencia en los procesos electorales, excluyendo analogías o extensiones no previstas en la ley. |
| Problema jurídico | ¿La celebración de contratos mediante escrituras públicas por parte de una entidad estatal para la adquisición de bienes inmuebles –predios- está restringida durante la Ley de Garantías Electorales? |
| Fragmentos citables | la Ley de Garantías Electorales establece el marco jurídico para el desarrollo de las elecciones, procurando condiciones de igualdad y transparencia para los aspirantes. Paralelamente, se incluyen restricciones en las actuaciones de los servidores públicos, evitando interferencias en la contienda electoral, así como la posible desviación de recursos públicos en aspiraciones electorales. Por ello, varias de las disposiciones de la Ley 996 de 2005, al contener normas prohibitivas, no admiten una interpretación amplia, sino que deben interpretarse restrictivamente. la adquisición de bienes inmuebles –predios- trata de un causal de la contratación directa regulada en el literal i) del numeral 4 del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, esto es, un procedimiento de contratación estatal no competitivo que está restringido por la prohibición establecida en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 que aplica a todas las entidades del Estado dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la celebración de los comicios presidenciales. |
| Materias | Adquisición De Bienes Inmuebles · Contratación Directa · Convenios Interadministrativos · Decreto 1082 De 2015 · Ley De Garantías Electorales · Ley 1150 de 2007 · Ley 996 de 2005 · Contratación estatal · Alcance · Ámbito temporal · Causal · Celebración · Condiciones de igualdad · Contratos y convenios interadministrativos · Destinatarios · Excepciones · Finalidad · Límite · Postura del Consejo de Estado · Prohibición artículo 33 · Restricción · Tipos de restricciones |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/12/C-1689.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2db0ea3f5746….
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