Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Obligación de publicidad en SECOP II para entidades exceptuadas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública

1_2025_11_14_012901 · 30 de diciembre de 2025

EpígrafeObligación de publicidad en SECOP II para entidades exceptuadas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el alcance del deber de publicidad en el SECOP II para las entidades estatales exceptuadas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, conforme al artículo 53 de la Ley 2195 de 2022 que adiciona el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. La autoridad conceptúa que estas entidades deben publicar todos los documentos relacionados con su actividad contractual —definida como aquella que involucre recursos públicos— en el SECOP II o la plataforma transaccional que haga sus veces, sin excepciones por la naturaleza u objeto contractual, abarcando las etapas precontractual, contractual y postcontractual. El plazo para cumplir este deber es de tres días siguientes a la expedición del documento, según lo establecido en el Decreto 1081 de 2015 y el Decreto 1082 de 2015, sin que la Ley 2195 de 2022 haya modificado este término. Además, se precisa que el uso de la plataforma debe ser transaccional o publicitario, pero siempre en el SECOP II, y que la obligación se extiende a toda información vinculada a contratos financiados con recursos públicos, salvo que normas especiales dispongan reserva o tratamiento diferenciado. La Agencia advierte que no puede fijar plazos distintos a los legales ni pronunciarse sobre casos particulares, limitándose a orientar sobre la aplicación de normas generales.

Problema jurídico

Alcance de la obligación de publicar la actividad contractual en la plataforma transaccional del SECOP para las entidades exceptuadas

Fragmentos citables
En desarrollo de los anteriores principios, deberán publicar los documentos relacionados con su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP II– o la plataforma transaccional que haga sus veces. Para los efectos de este artículo, se entiende por actividad contractual los documentos, contratos, actos e información generada por oferentes, contratista, contratante, supervisor o interventor, tanto en la etapa precontractual, como en la contractual y la postcontractual.
Establece la regla central del concepto: el alcance del deber de publicidad para entidades exceptuadas, definiendo qué se entiende por actividad contractual y dónde debe publicarse.
La obligación de publicar la actividad contractual siempre ha estado encaminada a que se publique aquella información relacionada con la ejecución de dineros públicos. Por tal razón, puede concluirse, a la luz de las disposiciones que regulan la materia, que el artículo 53 –al ampliar la obligación de las entidades con regímenes especiales de publicar su actividad contractual en el SECOP II– se refiere a aquella actividad contractual cuya fuente de financiación provenga de recursos públicos.
Aclara el límite material de la obligación: solo aplica a contratos financiados con recursos públicos, según la Circular 002 de 2024.
MateriasEntidades Exceptuadas · Ley 2195 De 2022 · Secop Ii · Ley 1150 de 2007 · Transparencia y acceso a la información pública · Contratación estatal · Publicidad · Secop · Decreto 1081 de 2015 · Fundamento normativo · Ley 1712 de 2014
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/01/C-1692.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1692 de 2025
Número1_2025_11_14_012901
Fecha del documento30 de diciembre de 2025
Fecha de publicación6 de enero de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 14fef0c1682b….

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