Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Umbrales para convocatorias limitadas a mipymes en 2024
P 20240619006282 · 9 de febrero de 2024Contratación estatalconvocatorias limitadasmipymesumbral de contrataciónconvocatorias limitadas a mipymescontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Umbrales para convocatorias limitadas a mipymes en 2024 |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y requisitos de las convocatorias limitadas a mipymes en los procesos de contratación pública para el año 2024. Fija la posición de que el umbral aplicable para dichas convocatorias es de US$125.000 (equivalente a $532.338.092 COP), actualizado el 9 de febrero de 2024, y que su aplicación depende de que las mipymes interesadas cumplan con requisitos como tener al menos un año de constitución, presentar solicitud ante la entidad estatal y que el valor del proceso contractual sea inferior al umbral. Además, precisa que la limitación territorial solo aplica a mipymes con domicilio en el departamento o municipio donde se ejecutará el contrato, excluyendo sucursales o establecimientos de comercio, y que la facultad de limitar la convocatoria es discrecional de la entidad, condicionada a la verificación de los requisitos legales. |
| Problema jurídico | Determinar el umbral en pesos colombianos para convocatorias limitadas a mipymes en 2024 |
| Fragmentos citables | el artículo 2.2.1.2.4.2.3. del Decreto 1082 de 2015, modificado por el artículo 5 del Decreto 1860 de 2021 se refiere a las “mipyme colombianas que tengan domicilio en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato”. Esta precisión es importante, pues el incentivo previsto en la norma únicamente aplica en el lugar de ejecución del contratado en el que la Mipyme tiene su “domicilio”, y no en donde tiene sucursales, agencias o establecimientos de comercio. el artículo 2.2.1.2.4.2.2. para que proceda la limitación que el valor del proceso de contratación sea “menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América”; que al menos dos (2) Mipymes colombianas presenten a la entidad la solicitud de limitar el proceso contractual; y que dicha solicitud se haga por lo menos un día (1) hábil antes de la expedición del acto administrativo de apertura del Proceso de Contratación. Además, la norma señala que, una vez concurran todos los requisitos señalados anteriormente y siempre que cuenten con mínimo un (1) año de existencia. |
| Materias | Convocatorias Limitadas · Mipymes · Umbral de contratación · Convocatorias Limitadas A Mipymes · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-196-1.docx |
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