Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Registro Único de Proponentes: concepto y firmeza de la inscripción
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| Epígrafe | Registro Único de Proponentes: concepto y firmeza de la inscripción |
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| Resumen | Este documento conceptúa sobre la firmeza del Registro Único de Proponentes (RUP) como requisito indispensable para participar en procesos de contratación estatal. Fija la posición de que la inscripción, renovación o actualización del RUP solo produce efectos jurídicos cuando el acto administrativo correspondiente está en firme, es decir, cuando no cabe recurso alguno contra él o estos han sido resueltos. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente – precisa que, para acreditar capacidad jurídica, técnica, financiera y organizacional ante las entidades estatales, el proponente debe contar con un RUP en firme antes de la fecha de cierre del proceso, salvo en el caso de renovaciones presentadas oportunamente, donde se permite usar la información vigente hasta la firmeza del nuevo registro. Se fundamenta en la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y la jurisprudencia del Consejo de Estado, destacando que la firmeza garantiza la ejecutoriedad y oponibilidad del acto, y que su ausencia invalida la participación en el proceso. Además, aclara que durante el término de subsanación de ofertas no se pueden acreditar circunstancias posteriores al cierre, incluyendo renovaciones no firmes del RUP. |
| Problema jurídico | Determinar si constituye causal de rechazo que la inscripción en el Registro Único de Proponentes no se encuentre en firme antes de la fecha de cierre del proceso, pese a haberse realizado. |
| Fragmentos citables | Para participar en Procesos de Contratación en los que es obligatorio el RUP, es necesario que los oferentes acrediten que su inscripción en el RUP se encuentra en firme antes de la fecha de cierre, ya que solo a partir de la firmeza se generan los efectos a los que se refiere el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007. En atención a esto, quienes estuvieron inscritos en el RUP y no ejercieron el deber de renovación dentro del término señalado por la norma, viéndose avocados a inscribirse nuevamente, deberán esperar a que la información adquiera firmeza para participar en Procesos de Contratación. Por lo tanto, si la cámara de comercio expide el acto administrativo de inscripción en el RUP después del cierre del procedimiento de selección, con motivo de la falta de renovación a tiempo de la información contenida en él o por ser la primera inscripción, el proponente no puede aportarlo al proceso, porque al momento de presentar la oferta no tenía capacidad para contratar, y no puede acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha del cierre del proceso, reiterando que la inscripción debe estar en firme antes del cierre, pues la inscripción solo se materializa y es oponible a terceros cuando el acto administrativo está en firme. Tratándose del trámite de renovación, se reitera lo expresado en el sentido de que la persona que presentó la información para renovar su registro antes del quinto día hábil de abril de cada año, cumpliendo el requisito del artículo 2.2.1.1.1.5.1., y pese a que la renovación no esté en firme, es decir, mientras esté en trámite el proceso de renovación, puede participar en los procedimientos de selección, debiéndose tener en cuenta la información “antigua”. De lo anterior se desprende que en el período comprendido entre el momento de la solicitud de renovación y el de su firmeza, se debe emplear la información del RUP que está en firme antes de iniciar el trámite de renovación, cuyos efectos no habrían cesado y se encontraría vigente. |
| Materias | Contratación Estatal · Decreto 1082 De 2015 · Decreto Ley 4170 de 2011 · Registro Único De Proponentes /rup · Requisitos Habilitantes · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-204.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 16 de julio de 2026. Hash del original: 1f64bfd79312….
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