Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Competencia consultiva en contratación estatal y régimen de inhabilidades para contratar con el Estado
20 de junio de 2023Contratación estatalcolombia compra eficientecontratación estatalinhabilidad redaminhabilidadesley 2097 de 2021definiciónfinalidad y limitación contractualinscripciónlimitación de la capacinormas generalesprincipio de legalidad e interpretación restrictivarégimen de contrataciónvalidezColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Competencia consultiva en contratación estatal y régimen de inhabilidades para contratar con el Estado |
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| Resumen | El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de las inhabilidades para contratar con el Estado, con énfasis en la restricción derivada de la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) según la Ley 2097 de 2021. Fija la posición de que las inhabilidades, como limitaciones a la capacidad contractual, son figuras de interpretación taxativa y restrictiva, sujetas al principio de legalidad, y que su aplicación debe ceñirse estrictamente a lo dispuesto por la Constitución y la ley. Además, precisa que la competencia de Colombia Compra Eficiente se limita a interpretar normas generales de contratación pública, sin resolver casos particulares ni validar actuaciones administrativas, correspondiendo su verificación a las entidades contratantes y, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales, fiscales o disciplinarias. El concepto aborda también la vigencia condicionada del REDAM, cuya operatividad depende de la reglamentación y puesta en funcionamiento de la plataforma tecnológica, así como los fundamentos constitucionales y jurisprudenciales que justifican estas restricciones en aras de garantizar la moralidad, transparencia e interés general en la contratación estatal. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la inhabilidad para contratar con el Estado derivada de la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) y la carga de verificación exclusiva en cabeza del Estado |
| Fragmentos citables | La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales. Por lo anterior, previo concepto de sus órganos asesores, la solución de estos temas corresponde a la entidad que adelanta el procedimiento de selección y, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales, fiscales y disciplinarias, según corresponda. Las inhabilidades han sido caracterizadas como circunstancias previstas por la Constitución o la ley que impiden que personas naturales o jurídicas sean elegidas o designadas en un cargo público o celebren contratos con el Estado, en el interés de garantizar la idoneidad, imparcialidad, probidad, transparencia y moralidad de la función pública, así como satisfacer el interés general. En tanto restricciones o límites especiales a la capacidad para presentar ofertas y celebrar contratos estatales, las inhabilidades e incompatibilidades solo pueden tipificarse en la ley o en la Constitución -es decir, deben satisfacer el principio de legalidad- y su interpretación debe ser restrictiva, ya que si se admite una interpretación amplia, extensiva o finalista, sus enunciados normativos contemplarían múltiples supuestos indeterminados, según el parecer o el sentido común de los operadores jurídicos, poniéndose en riesgo principios como la igualdad, el debido proceso, la seguridad jurídica, la libre concurrencia y el ejercicio de la profesión u oficio. “(…) una de las consecuencias más importantes de la inclusión en el REDAM es la aparición de una inhabilidad para celebrar contratos con el Estado. Al respecto, conforme al artículo 6.1 ibidem, “El deudor alimentario moroso solo podrá contratar con el Estado una vez se ponga a paz y salvo con sus obligaciones alimentarias. Esta inhabilidad también se predica del deudor alimentario moroso que actúe como representante legal de la persona jurídica que aspira a contratar con el Estado”. |
| Materias | Colombia Compra Eficiente · Contratación estatal · Inhabilidad Redam · Inhabilidades · Ley 2097 De 2021 · Definición · Finalidad Y Limitación Contractual · Inscripción · Limitación de la capaci · Normas generales · Principio De Legalidad E Interpretación Restrictiva · Régimen de contratación · Validez |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1688141564610-C-208.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 18a0d606035b….
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