Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Capacidad residual – Definición, requisitos y causales de rechazo en procesos de obra pública

P20210406002698 · 19 de mayo de 2021

EpígrafeCapacidad residual – Definición, requisitos y causales de rechazo en procesos de obra pública
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del término «afecta la capacidad residual» en el marco de los procesos de selección de obra pública, específicamente en relación con los requisitos habilitantes y las causales de rechazo de ofertas previstas en los Documentos Tipo – Versión 3 para licitaciones de infraestructura de transporte. La autoridad fija la posición de que la expresión «afecta la capacidad residual» no se limita a situaciones donde la omisión de información impida al proponente cumplir con el requisito, sino que incluye cualquier omisión de información contractual relevante, incluso si no altera el cálculo final de la capacidad residual. Así, el rechazo de la oferta procede cuando se omite información sobre contratos en ejecución al momento del cierre, sin importar si la omisión incide en el cumplimiento del requisito. Además, precisa que las causales de rechazo por capacidad residual (literales E, H y Z del numeral 1.15) son taxativas y de aplicación estricta, sin posibilidad de subsanación en los casos de los literales H y Z, y que la verificación de la información es potestativa para la entidad. También delimita que la omisión debe referirse a contratos efectivamente en ejecución al cierre, excluyendo aquellos suspendidos o no iniciados.

Problema jurídico

Interpretación de la expresión 'afecte la capacidad residual' en los documentos tipo de obra pública y alcance de las causales de rechazo por omisión o inexactitud en la información contractual

Fragmentos citables
La causal del literal Z procede cuando el proponente no informa todos los contratos, fenómeno que se verifica al constatar que el número de contratos reportado es menor al número de contratos que debían reportarse. En este supuesto, lo que genera el rechazo de la oferta no es la ausencia de la información del contrato omitido, sino el hecho de haberse informado menos contratos de los que tenía en ejecución.
Define el supuesto objetivo de la causal de rechazo del literal Z, esencial para su aplicación práctica.
Conclusión similar se aplica al literal H del numeral 1.15. del documento base, en el entendido de que el supuesto de hecho de esa causal, esto es, lo que genera el rechazo de la oferta, es la acción del proponente de aportar «[…] información inexacta sobre la cual pueda existir una posible falsedad […]», no la ausencia de la información que podría haberse tomado del contrato viciado de falsedad.
Explica el fundamento de la causal del literal H, vinculando la inexactitud con la posible falsedad como motivo de rechazo.
Ahora, debe precisarse que la información omitida afectará la capacidad residual, en aquellos eventos que se refiera a contratos que no solo hayan sido adjudicados al proponente, sino que se requiere que los mismos estuviesen en ejecución al momento del cierre, ya que si la omisión se refiere a contratos que fueron suspendidos o que no han comenzado a ejecutarse, no se cumpliría el supuesto de hecho del numeral 3.10 del documento base que faculta a la entidad para rechazar la oferta.
Delimita el alcance temporal y material de la omisión que configura la causal de rechazo, evitando interpretaciones extensivas.
MateriasCapacidad Financiera · Capacidad Residual · Capacidad Técnica · Causales De Rechazo · Documentos Tipo · Experiencia · Requisitos Habilitantes · Saldo de contratos en ejecución · Contratación estatal · Causal De Rechazo · Información Que Afecta A La Capacidad Residual · Acreditación · Alcance · Documento Base · Documentos · Rechazo de la oferta · Requisito habilitante
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1621982032872-C-219-1.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-219 de 2021
NúmeroP20210406002698
Fecha del documento19 de mayo de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 64e93fa4e8b7….

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