Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Capacidad residual – cálculo
P20220308002280 · 22 de abril de 2022Contratación estatalcapacidad residualaplicación metodológicaguía para determinar y verificar la capacidad residualsaldos de contratos en ejecucióncontratación estatalactas de inicio de contratosaplicativocálculoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Capacidad residual – cálculo / saldos de contratos en ejecución – acreditación – aplicativo / contratos en ejecución – actas de inicio de contratos |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el cálculo de la capacidad residual en procesos de contratación de obra pública, precisando su alcance y metodología. Fija la posición de que la capacidad residual, entendida como la aptitud de los oferentes para cumplir el objeto contractual sin afectar compromisos previos, debe calcularse considerando todos los contratos en ejecución que obliguen al proponente a la fecha de presentación de la oferta, incluyendo aquellos sin acta de inicio pero que lo vinculen contractualmente. Establece que los contratos en ejecución se definen por su obligatoriedad para el proponente, no por la existencia de acta de inicio, y excluye los contratos en liquidación. Además, señala que el aplicativo para calcular la capacidad residual es una herramienta de apoyo no vinculante, cuya metodología debe ajustarse estrictamente a la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública, la cual detenta fuerza vinculante. La fórmula para calcular el factor de saldos de contratos en ejecución (SCE) se mantiene inalterada, debiendo incluir contratos celebrados aunque carezcan de acta de inicio, siempre que obliguen al contratista. |
| Problema jurídico | Determinar cómo se calcula la capacidad residual del proponente respecto de contratos en ejecución que aún no cuentan con acta de inicio, cuando el aplicativo dispuesto por Colombia Compra Eficiente exige esa fecha para el cálculo. |
| Fragmentos citables | De acuerdo con la definición establecida en el artículo 2.2.1.1.1.3.1. del Decreto 1082 de 2015, la capacidad residual es la aptitud de los oferentes para cumplir de manera oportuna y a cabalidad el objeto de un contrato de obra, sin que los demás compromisos contractuales que han adquirido afecten su habilidad para cumplir el objeto del contrato que está en proceso de selección. Por su parte, el Consejo de Estado ha definido la capacidad residual como «[…] la diferencia que existe entre el potencial de contratación que se tiene y los compromisos que haya adquirido y que se encuentren en ejecución, para la fecha de presentación de la oferta». Son los contratos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, incluyendo la ejecución de obras civiles en los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, incluyendo los contratos suspendidos y aquellos que no tengan acta de inicio. No se entenderán como contratos en ejecución los que se encuentren en liquidación. Este, pregunta, en primer lugar, el número de contratos en ejecución, y tras darse clic en el botón «Guardar información» despliega una tabla con una fila para cada contrato, cada una de las cuales consta de cinco columnas en las que se debe indicar: i) Valor en pesos colombianos del contrato; ii) la fecha inicio; iii) el plazo expresado en meses; iv) establecer si trata o no de un contrato ejecutado por un contratista plural; v) el porcentaje de participación en la ejecución del contrato; vi) indicar si el contrato se encuentra suspendido o no; y vii) la fecha de suspensión. Con base en las anteriores consideraciones, es posible concluir que la normativa vigente prevé en la definición de contratos en ejecución aquellos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con entidades estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, incluyendo la ejecución de obras civiles en los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, incluyendo los contratos suspendidos y aquellos que no tengan acta de inicio, como se establece en la «Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública». |
| Materias | Capacidad Residual · Aplicación metodológica · Guía para determinar y verificar la capacidad residual · Saldos de contratos en ejecución · Contratación estatal · Actas De Inicio De Contratos · Aplicativo · Cálculo |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1653496469202-C-220.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4221fafcda10….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.