Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Límites territoriales y valor por lotes en convocatorias a mipymes

P20240625006447

EpígrafeLímites territoriales y valor por lotes en convocatorias a mipymes
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la aplicación de los umbrales de valor para la limitación de convocatorias a mipymes en procesos de contratación estatal segmentados en lotes o segmentos. Fija la posición de que, en estos casos, el límite de US$125.000 debe determinarse por el valor del lote o segmento específico en el que se solicite la aplicación, y no por el valor total del proceso de contratación. Además, precisa que la limitación territorial para mipymes se predica del domicilio de la empresa en el lugar de ejecución del contrato asociado al lote o segmento, y no de sucursales o establecimientos. La autoridad fundamenta su interpretación en el parágrafo del artículo 2.2.1.2.4.2.19 del Decreto 1082 de 2015, modificado por el Decreto 142 de 2023, y en la autonomía de las entidades para estructurar procesos por lotes, siempre que se promueva la participación de las mipymes y se evite la concentración de la contratación en un solo proponente.

Problema jurídico

Determinar si, en procesos de contratación por lotes, el umbral de US$125.000 para convocatorias limitadas a mipymes se calcula por lote o por valor total del proceso

Fragmentos citables
Las entidades estatales podrán incluir en el pliego de condiciones mecanismos o reglas que limiten el número de lotes que se adjudican a un mismo proponente, con el fin de evitar que se concentre la contratación, sobre la base de criterios objetivos y no discriminatorios. La decisión de no adjudicar un contrato en lotes o segmentos podrá obedecer entre otras razones, a que mediante este mecanismo se pueda restringir la competencia o que la segmentación del mercado pueda conducir a que la ejecución del contrato sea imposible desde el punto de vista técnico o económico.
Explica la facultad de las entidades para limitar la adjudicación de múltiples lotes a un mismo proponente, con el fin de evitar concentración de la contratación y garantizar competencia.
el parágrafo del artículo 2.2.1.2.4.2.19, cuando el proceso se adelante por lotes el valor de los (US$125.000) debe establecerse en relación con el segmento, y no respecto del valor total del proceso de contratación −que se establecería con la sumatoria de todos los lotes o segmentos−.
Refuerza la interpretación sobre el umbral de valor aplicable en procesos segmentados, aclarando que no se suma el valor de todos los lotes.
MateriasConvocatorias Limitadas · Mipymes · Lotes o segmentos · Valor por lote · Convocatorias Limitadas A Mipymes · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-221.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-221 de 2024
NúmeroP20240625006447
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación16 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 16 de julio de 2026. Hash del original: 9e9402efe1c8….

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