Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Publicidad en el SECOP para entidades de régimen especial
C-294 de 2023 · 18 de enero de 2024Contratación estatalcapacidad financieraentidades de régimen especialley 2195 de 2022nulidad parcialsecoptransparenciacontratación estatalcapacidad organizacionalprincipio de planeaciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Publicidad en el SECOP para entidades de régimen especial |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance de la obligación de publicidad contractual en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) para entidades con régimen especial, tras la Sentencia del Consejo de Estado del 19 de octubre de 2023 que declaró la nulidad parcial de apartes de las Circulares Externas 1 de 2013 y 20 de 2015 de Colombia Compra Eficiente. Fija la posición de que, pese a la nulidad parcial, persiste la obligación de publicar la actividad contractual en el SECOP, sin importar el régimen jurídico de la entidad, su naturaleza pública o privada, o su pertenencia a alguna rama del poder público. Fundamenta esta obligación en los principios de máxima publicidad y transparencia de la Ley 1712 de 2014, el Decreto 1081 de 2015 y el literal g) del artículo 11 de la misma ley, así como en el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022, que exige a las entidades exceptuadas publicar documentos contractuales en el SECOP II o plataforma transaccional equivalente. Señala que la sentencia no afecta la validez de la obligación legal de publicidad, la cual se mantiene vigente y debe cumplirse en la plataforma oficial, sin que pueda interpretarse como autorización para usar portales propios o páginas web alternativas. |
| Problema jurídico | Alcance de la obligación de publicar actividad contractual en el SECOP tras sentencia de nulidad parcial de circulares de Colombia Compra Eficiente |
| Fragmentos citables | De acuerdo con el numeral primero de la parte resolutiva, el Consejo de Estado declara “[…] la nulidad de parcial de los apartes de las Circulares Externas Nro. 1 de 21 de junio de 2013 y Nro. 20 de 27 de agosto de 2015, expedidas por la Dirección de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, que contengan la expresión ‘actividad contractual’ […]”. “Las entidades que contratan con cargo a recursos públicos están obligadas a publicar oportunamente su actividad contractual en el SECOP, sin que sea relevante para la exigencia de esta obligación su régimen jurídico, naturaleza de público o privado o la pertenencia a una u otra rama del poder público […]” – Circular Externa Nro. 1 del 21 de junio de 2013–. |
| Materias | Capacidad Financiera · Entidades De Régimen Especial · Ley 2195 De 2022 · Nulidad parcial · Secop · Transparencia · Contratación estatal · Capacidad Organizacional · Principio de planeación |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1705610935434-C-294.docx |
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