Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Contrato interadministrativo de mandato sin representación y capacidad de empresas industriales y comerciales del Estado

P20250224001802 · 1 de abril de 2025

EpígrafeContrato interadministrativo de mandato sin representación y capacidad de empresas industriales y comerciales del Estado
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el alcance de los contratos interadministrativos y su relación con figuras como el mandato, precisando su naturaleza jurídica, requisitos y excepciones. El documento conceptúa que los contratos interadministrativos son acuerdos entre entidades estatales, definidos por un criterio orgánico —independientemente del régimen de contratación aplicable— y orientados al cumplimiento de fines estatales. Señala que estas entidades pueden celebrar contratos típicos o atípicos, incluyendo el mandato (con o sin representación), siempre que se ajusten a sus competencias y objeto social, sin que ello implique delegación de funciones. Además, establece que las empresas industriales y comerciales del Estado pueden celebrar contratos interadministrativos bajo la modalidad de contratación directa, salvo las excepciones legales para ciertas tipologías contractuales y sujetos específicos. El documento también advierte que la celebración de estos contratos debe analizarse caso por caso, considerando su viabilidad jurídica, técnica y financiera, y que su naturaleza no depende de la modalidad de selección utilizada.

Problema jurídico

¿Puede una entidad celebrar contratos interadministrativos de mandato sin representación de gerencia de recursos? ¿Puede una empresa industrial y comercial del Estado, independiente de su orden, celebrar contratos interadministrativos?

Fragmentos citables
Aunque la ley no la definió ni desarrolló, el Decreto 1082 de 2015 califica a los contratos interadministrativos como aquella contratación entre entidades estatales. De acuerdo con lo anterior, es el acuerdo donde concurre la voluntad de dos o más personas jurídicas de derecho público con la finalidad de cumplir, en el marco de sus objetivos misionales y sus competencias, con los fines del Estado. Es decir, están determinados por un criterio orgánico, pues es necesario que los extremos de la relación contractual sean entidades estatales.
Este fragmento define la esencia del contrato interadministrativo, destacando su criterio orgánico y finalidad pública, base para entender su naturaleza jurídica.
Un contrato interadministrativo no está determinado por la modalidad de selección utilizada para celebrarlo. La Ley 1150 de 2007 establece que pueden celebrarse directamente, siempre que las obligaciones derivadas del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora, señalado en la ley o en sus reglamentos, a menos que, según las excepciones previstas en dicha ley, deba adelantarse un procedimiento con pluralidad de oferentes.
Este pasaje aclara que la naturaleza interadministrativa no depende de la modalidad de selección, sino de la calidad de las partes, resolviendo una duda común en la práctica contractual estatal.
MateriasAutonomía De La Voluntad · Contrato Interadministrativo · Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado · Delegación de funciones · Mandato sin representación · Contratación estatal · Capacidad · Concepto · Criterio orgánico · Definición · Excepciones · Mandato · Noción · Régimen
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/04/C-234-1.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-234 de 2025
NúmeroP20250224001802
Fecha del documento1 de abril de 2025
Fecha de publicación3 de abril de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: c4ef76b57fed….

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