Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Ley de emprendimiento – Finalidad

P20220316002616 · 2 de mayo de 2022

EpígrafeLey de emprendimiento – Finalidad / Mínima cuantía – Derogatoria del artículo 42 de la Ley 1955 de 2019
Resumen

El documento conceptúa sobre la derogatoria del artículo 42 de la Ley 1955 de 2019 frente a la regulación de la mínima cuantía contenida en el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020. La Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente fija la posición de que el artículo 42 de la Ley 1955 de 2019 quedó derogado al modificarse integralmente el numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 por el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020, norma posterior y especial que reguló el trámite de mínima cuantía sin dejar vigente la excepción prevista en la norma derogada. Además, se señala que el nuevo régimen de mínima cuantía establecido en la Ley 2069 de 2020 no contempla excepciones para bienes o servicios de características técnicas uniformes disponibles en acuerdos marco de precios, por lo que la regla anterior resulta contraria y, en consecuencia, derogada. La posición se sustenta en argumentos de jerarquía normativa, especialidad, subrogación y derogatoria expresa, alineados con el criterio del Consejo de Estado sobre la aplicación de la mínima cuantía independientemente del objeto contractual.

Problema jurídico

Determinar si el artículo 42 de la Ley 1955 de 2019 fue derogado por el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020 y, en consecuencia, si las entidades deben aplicar el procedimiento de mínima cuantía o los acuerdos marco de precios en contrataciones de cuantía inferior al 10% de la menor cuantía de la entidad.

Fragmentos citables
«Modifíquese el numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el cual quedará así: […]», y en lo que queda no establece la excepción a la mínima cuantía que antes consagraba el artículo 42 de la Ley 1955 de 2019. Es más, el parágrafo segundo del artículo 30 de la Ley 2069 de 2020 prescribe que «La contratación a que se refiere el presente artículo se realizará exclusivamente con las reglas en él contempladas y en su reglamentación».
Fragmento clave que evidencia la modificación integral del régimen de mínima cuantía por la Ley 2069 de 2020, eliminando la excepción prevista en el artículo 42 de la Ley 1955 de 2019.
El artículo 30 de la Ley 2069 de 2020 es una norma posterior en el tiempo al artículo 42 de la Ley 1955 de 2019 y además es especial en la regulación del trámite de la mínima cuantía. Este es un argumento adicional para sostener que el artículo 42 de la Ley 1955 de 2019 se encuentra derogado, pues una norma posterior y especial reguló la mínima cuantía, sin dejarlo vigente.
Sustento central de la derogatoria basado en los principios de especialidad y posterioridad de la norma.
Si el artículo 30 dispone en qué casos debe adelantarse el procedimiento de mínima cuantía –cuando el valor de la contratación «[…] no excede del 10 por ciento de la menor cuantía de la entidad independientemente de su objeto»–, sin establecer excepciones al respecto, el artículo 42 de la Ley 1955 de 2019 resultaba contrario a esta regla.
Argumento de derogatoria por incompatibilidad normativa, al no prever excepciones en el nuevo régimen de mínima cuantía.
Por ello, como «lo accesorio sigue la suerte de lo principal», si se subroga la norma principal que había sido modificada por el artículo 42 de la Ley 1955 de 2019, de contera, la accesoria también pierde vigencia.
Fundamento jurídico basado en la teoría de la subrogación normativa y la relación entre normas principal y accesoria.
MateriasAcuerdos Marco De Precios · Ley 2069 De 2020 · Ley De Emprendimiento · Ley 1955 de 2019 · Derogatoria · Emprendimiento · Contratación estatal · Artículo 42 · Finalidad
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1653505099856-C-245.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-245 de 2022
NúmeroP20220316002616
Fecha del documento2 de mayo de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5d52f24a19c9….

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