Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Régimen jurídico de los contratos con organismos internacionales y alcance del artículo 2.2.8.3.4 del Decreto 603 de 2022

P20231009015847 · 18 de octubre de 2023

EpígrafeRégimen jurídico de los contratos con organismos internacionales y alcance del artículo 2.2.8.3.4 del Decreto 603 de 2022
Resumen

El documento conceptúa sobre el régimen jurídico aplicable a los contratos y convenios celebrados entre entidades estatales colombianas y organismos internacionales, así como sobre el alcance del artículo 2.2.8.3.4 del Decreto 603 de 2022 en el marco del Sistema Nacional de Cooperación Internacional. Fija la posición de que el régimen contractual con organismos internacionales se rige por lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, el cual establece tres supuestos para optar por someter los contratos a los reglamentos de dichos organismos o al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP): i) cuando los contratos sean financiados en un 50% o más con fondos de organismos de cooperación, asistencia o ayudas internacionales; ii) cuando el objeto del contrato corresponda a alguno de los seis supuestos taxativamente enumerados en el inciso segundo del artículo 20; y iii) cuando los contratos se celebren con personas extranjeras de derecho público. Además, precisa que el Decreto 603 de 2022, al establecer un umbral del 30% de contrapartida financiera para socios de cooperación internacional que ejecuten proyectos con recursos del Presupuesto General de la Nación, no contradice lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, sino que regula un aspecto distinto relacionado con la participación de los socios en proyectos financiados con recursos públicos nacionales, aplicable exclusivamente a aportes en dinero y no a aportes en especie. También señala que la naturaleza jurídica del aliado (público o privado) no es determinante para la aplicación del umbral del 30%, sino que este aplica a todo socio de cooperación internacional que pretenda ejecutar proyectos con recursos del Presupuesto General de la Nación.

Problema jurídico

Determinar el régimen jurídico aplicable a los contratos con organismos internacionales y la exigencia de contrapartida mínima del 30% en recursos financieros para proyectos con recursos del Presupuesto General de la Nación

Fragmentos citables
Por organismo internacional se entiende aquella organización, grupo o asociación que se extiende más allá de las fronteras de un Estado y cuenta con órganos gubernamentales permanentes distintos e independientes de los Estados miembros de la organización que garantizan su vigencia y operatividad, con el propósito de cumplir objetivos comunes entre los Estados miembros. Conforme a su naturaleza, los organismos internacionales están facultados para suscribir contratos o convenios con los Estados, lo que supone un incidente frente a la aplicabilidad de los regímenes tanto de los Estados contratantes como de los organismos en su celebración.
Define el concepto de organismo internacional y su capacidad para celebrar contratos con Estados, base para analizar el régimen jurídico aplicable a estos convenios.
MateriasDecreto 4170 de 2011 · Organismos Internacionales · Contrapartida mínima · Cooperación internacional · Decreto 603 de 2022 · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Contratación estatal · Régimen contractual · Socios De Cooperación Internacional · Alcance · Artículo 20 · Interpretación amplia
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-264-1.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-264 de 2023
NúmeroP20231009015847
Fecha del documento18 de octubre de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 6799ce93a646….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com