Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Acceso a documentación pública, transparencia y reserva de información contractual en la contratación estatal
P20210512004098 · 5 de mayo de 2021Contratación estatalacceso a documentación públicacontratación estatalreserva de información públicasecopColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Acceso a documentación pública, transparencia y reserva de información contractual en la contratación estatal |
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| Resumen | Este documento conceptúa la posición de Colombia Compra Eficiente sobre el alcance del deber de publicidad de la información contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), en armonía con el derecho fundamental de acceso a la documentación pública y sus límites constitucionales y legales. Fija que, como regla general, las entidades estatales deben publicar proactivamente en el SECOP todos los documentos expedidos durante el proceso de contratación, desde la planeación hasta el vencimiento de garantías, incluyendo estudios previos, pliegos, ofertas, informes de evaluación, contratos y actos administrativos. Sin embargo, precisa que cuando los documentos contengan información sometida a reserva constitucional o legal —como datos sensibles, clasificados o relacionados con defensa y seguridad nacional—, las entidades deben abstenerse de publicarlos en su totalidad o en partes específicas, salvo que la reserva no afecte el documento completo. En estos casos, la entidad debe divulgar parcialmente la información no reservada, garantizando la máxima publicidad posible. La reserva solo puede establecerse por el constituyente o el legislador, y su aplicación debe ser restrictiva y motivada, sin extenderse a supuestos no previstos legalmente. Además, señala que la existencia del documento no puede ser reservada, aunque su contenido sí, y que los expedientes completos pueden ser objeto de solicitud de copias mediante derecho de petición, salvo la documentación reservada, que debe tratarse conforme al CPACA. |
| Problema jurídico | Determinar si, en procesos de contratación directa para defensa y seguridad nacional, es necesario publicar todos los documentos contractuales cuando las entidades de seguridad competentes ya emitieron concepto sobre el riesgo en defensa y seguridad |
| Fragmentos citables | El artículo 74 de la Constitución Política establece que «Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley». Esta disposición constitucional consagra el derecho fundamental de acceso a la información y a la documentación pública, salvo causal de reserva expresamente prevista en la Ley. Tal derecho se regula integralmente en la Ley 1712 de 2014 «Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional». En conclusión, con base en los fundamentos normativos y argumentos expuestos, además del Plan Anual de Adquisiciones, las entidades estatales regidas por el EGCAP deberán publicar en SECOP los documentos expedidos con ocasión del proceso de contratación. Entre estos documentos se encuentran: el estudio de oportunidad y conveniencia; los estudios y documentos previos –técnicos o no–; el acto administrativo de justificación de la contratación directa; el aviso de convocatoria; el proyecto de pliego de condiciones y las observaciones que le formulen; el pliego de condiciones o la invitación. Sin embargo, esto no necesariamente convierte el documento completo en reservado, es decir, en un documento que no puede publicarse. En efecto, el principio o regla general consiste en la máxima publicidad de la información pública y lo excepcional es la reserva, razón por la cual el artículo 21 de la Ley 1712 de 2014 incluso exige la divulgación parcial de la información contenida en un documento, cuando este contenga parte de información sometida a reserva, pero también incluya información que no esté afectada por la reserva. |
| Materias | Acceso A Documentación Pública · Contratación estatal · Reserva De Información Pública · Secop |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1626271910518-C-300.docx |
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