Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre requisitos habilitantes y puntajes adicionales en contratos de proveeduría para compra pública de alimentos
P20220330003217 · 19 de mayo de 2022Contratación estataldecreto 248 de 2021mipymesrequisitos habilitantesagricultura campesina familiar y comunitariacontrato de promesa de proveeduríapuntajes adicionalescontratación estatalley 1955 de 2019ley 2046 de 2020ámbito de aplicaciónfinalidadincentivos contractualesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre requisitos habilitantes y puntajes adicionales en contratos de proveeduría para compra pública de alimentos |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance de los incentivos contractuales establecidos en la Ley 1955 de 2019 (artículo 229) y la Ley 2046 de 2020, así como su reglamentación en el Decreto 248 de 2021 (modificatorio del Decreto 1071 de 2015), para promover la participación de pequeños productores locales agropecuarios y de la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria en las compras públicas de alimentos. Fija la posición de que el contrato de promesa de proveeduría tiene una naturaleza dual: es un requisito habilitante obligatorio en los procesos de adquisición, suministro y entrega de alimentos, y simultáneamente un factor de evaluación que otorga puntajes adicionales, siempre que se comprometa una proporción mayor al mínimo exigido por la entidad contratante. Precisa que los proponentes deben acreditar la calidad de pequeños productores locales o de la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria mediante registros oficiales, y que las entidades públicas deben destinar al menos el 30% de su presupuesto para compras de alimentos a estos actores, bajo cualquier modalidad contractual. Además, delimita que los productores agropecuarios locales no son equivalentes a los nacionales, requiriendo pruebas específicas para cada categoría. |
| Problema jurídico | Determinar si la promesa de contrato de proveeduría local tiene naturaleza de requisito habilitante y el alcance de los porcentajes aplicables en los procesos de compra pública de alimentos |
| Fragmentos citables | A partir de la interpretación del Decreto 248 de 2021, que modifica el Decreto 1071 de 2015, se deriva que el contrato de promesa de proveeduría tiene una naturaleza dual, pues no solo es un requisito habilitante en los procesos para la adquisición, suministro y entrega de alimentos, sino que también es documento necesario para acreditar uno de los puntajes adicionales previstos en el reglamento citado. Por un lado, de acuerdo con el artículo 2.20.1.1.4, la suscripción de este contrato debe solicitarse a los proponentes en el pliego de condiciones, por lo que resulta una exigencia obligatoria del procedimiento de contratación. Incluso, una vez adjudicado, «[…] la entidad contratante deberá verificar como requisito de ejecución que el contratista haya celebrado el contrato de proveeduría con los pequeños productores y/o productores de la Agricultura Campesina, Familiar o Comunitaria locales y sus organizaciones». En tal sentido, establece las siguientes reglas: i) las entidades que están sujetas al ámbito de aplicación de esta ley tienen la obligación de adquirir alimentos comprados a pequeños productores agropecuarios locales y/o a productores de la Agricultura Campesina, Familiar o Comunitaria locales y sus organizaciones en un porcentaje mínimo del 30% del valor total de los recursos del presupuesto de cada entidad destinados a la compra de alimentos. En contraste, el puntaje del artículo 2.20.1.2.3 del Decreto 1071 de 2015 aplica a los pequeños productores agropecuarios locales o productores locales de la Agricultura Campesina, Familiar o Comunitaria Local y/o sus organizaciones. De acuerdo con el artículo 2.1.2.2.8 ibidem, los «pequeños productores» son las personas naturales que posean activos totales no superiores a los doscientos ochenta y cuatro (284) SMMLV, en el momento de la respectiva operación de crédito. |
| Materias | Decreto 248 De 2021 · Mipymes · Requisitos Habilitantes · Agricultura campesina familiar y comunitaria · Contrato de promesa de proveeduría · Puntajes adicionales · Contratación estatal · Ley 1955 De 2019 · Ley 2046 De 2020 · Ámbito de aplicación · Finalidad · Incentivos contractuales |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1654111287642-C-301.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 59e97f9edcac….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.