Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Principio de selección objetiva y subsanabilidad de ofertas en la contratación estatal
P20230609012245 · 4 de julio de 2023Contratación estatalprincipio de selección objetivarequisitos habilitantesselección objetivasubsanabilidad de ofertascontratación estatalsubsanabilidadalcanceaplicacióncierre del procesocircunstancias posterioresconcepto de unificaciónfundamentoimprocedenciainforme de evaluaciónoportunidadtrasladoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Principio de selección objetiva y subsanabilidad de ofertas en la contratación estatal |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el principio de selección objetiva y el alcance de la regla de subsanabilidad de ofertas en los procedimientos de selección estatal. Fija la posición de que la escogencia del contratista debe basarse en criterios objetivos, técnicos, jurídicos y financieros, excluyendo factores subjetivos como el afecto o interés personal, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007. Además, precisa que la subsanabilidad de requisitos habilitantes —aquellos que no asignan puntaje— es una regla general que permite a los proponentes corregir defectos formales hasta el término de traslado del informe de evaluación, salvo excepciones como la no entrega de la garantía de seriedad o la acreditación de circunstancias posteriores al cierre del proceso. La entidad señala que la subsanación debe realizarse preferiblemente antes de la emisión del informe de evaluación para garantizar mayor seguridad y certeza en el proceso, evitando que el término de traslado se convierta en la única oportunidad para subsanar. También advierte que la interpretación de estas reglas debe ajustarse a los límites legales y a los principios de igualdad y buena fe, sin que las entidades puedan desconocer su propia regulación precontractual de manera arbitraria. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance del principio de selección objetiva y la subsanabilidad de requisitos no habilitantes en los procedimientos de contratación estatal, así como los límites temporales y materiales para su corrección. |
| Fragmentos citables | El principio de selección objetiva es un postulado que debe orientar la escogencia del futuro contratista del Estado en los procedimientos de selección adelantados por las entidades públicas, que se traduce en la exigencia de que la elección no esté basada en apreciaciones o factores subjetivos, sino en criterios objetivos, de carácter técnico, jurídico y financiero. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, deberán ser solicitados por las entidades estatales y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección, salvo lo dispuesto para el proceso de Mínima cuantía y para el proceso de selección a través del sistema de subasta. Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. |
| Materias | Principio De Selección Objetiva · Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Subsanabilidad de ofertas · Contratación estatal · Subsanabilidad · Alcance · Aplicación · Cierre del proceso · Circunstancias posteriores · Concepto de unificación · Fundamento · Improcedencia · Informe de evaluación · Oportunidad · Traslado |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1691787636976-C-304.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 6d1f33998508….
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