Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Capacidad residual en contratación estatal de obra pública: cálculo, factores y causales de rechazo
P20220331003256 · 16 de mayo de 2022Contratación estatalcapacidad residualcapacidad residual del proponentecausales de rechazocontratos en ejecucióndocumentos tipolicitación públicacontratación estatalcausal de rechazorechazo de la ofertaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Capacidad residual en contratación estatal de obra pública: cálculo, factores y causales de rechazo |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la causal de rechazo del literal Z del numeral 1.15 de los Documentos Tipo – Versión 3 para licitación pública de obra pública, en relación con la acreditación de la capacidad residual como requisito habilitante. Fija la posición de que la causal aplica exclusivamente cuando el proponente omite informar la totalidad de los contratos en ejecución antes del cierre, independientemente de errores en la información específica de cada contrato, y que su configuración es objetiva. Además, precisa que los contratos a reportar son aquellos que obligan al proponente al momento de presentar la oferta, incluyendo los suspendidos o sin acta de inicio, pero excluyendo los adjudicados no perfeccionados o en liquidación. También señala que las causales de rechazo en los documentos tipo son taxativas y de interpretación estricta, y que la entidad puede rechazar la oferta si verifica información inexacta o falsa, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.11 del documento base. |
| Problema jurídico | Determinar el momento en que un contrato debe reportarse como 'en ejecución' para acreditar la capacidad residual del proponente en procesos de licitación pública de obra |
| Fragmentos citables | La causal del literal Z del numeral 1.15 solamente aplica cuando el proponente no informa todos los contratos que tiene en ejecución antes del cierre. Esto se traduce en un deber de cumplir con esta exigencia, sin tener en cuenta la información relacionada en cada uno de ellos. Por ejemplo, si el contratista tiene en ejecución diez contratos, esta causal aplica si el contratista reporta nueve o menos; excluyéndose la configuración de la causal cuando el proponente comete algún error en la información de los contratos, siempre que los reporte todos. Son los contratos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, incluyendo la ejecución de obras civiles en los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, incluyendo los contratos suspendidos y aquellos que no tengan acta de inicio. No se entenderán como contratos en ejecución los que se encuentren en liquidación. La Entidad se reserva el derecho de verificar integralmente la información aportada por el Proponente. Para esto, puede acudir a las autoridades, personas, empresas o entidades respectivas. Cuando exista inconsistencia entre la información suministrada por el Proponente y la efectivamente verificada por la Entidad, la información que pretende demostrar el Proponente se tendrá por no acreditada. |
| Materias | Capacidad Residual · Capacidad Residual Del Proponente · Causales De Rechazo · Contratos En Ejecución · Documentos Tipo · Licitación Pública · Contratación estatal · Causal De Rechazo · Rechazo De La Oferta |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1654112830868-C-306.docx |
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