Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Contratos y convenios interadministrativos: definiciones, diferencias y principios aplicables
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| Epígrafe | Contratos y convenios interadministrativos: definiciones, diferencias y principios aplicables |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre las diferencias y similitudes entre contratos y convenios en el ámbito de la contratación estatal, así como sobre su régimen jurídico aplicable. Fija la posición de que, aunque ambos institutos comparten principios comunes como el consentimiento y la generación de obligaciones, se distinguen por su naturaleza y finalidad: los contratos implican intereses contrapuestos y contenido patrimonial, mientras los convenios buscan fines comunes sin ánimo de lucro, aunque puedan incluir remuneración. Precisa que, en el caso de los contratos o convenios interadministrativos, su celebración directa entre entidades estatales no los exime de cumplir con el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, salvo excepciones legales. Además, aborda el principio de selección objetiva, la irrevocabilidad de la oferta en entidades de régimen especial, la acreditación de experiencia en procesos de mínima cuantía y la prohibición de exigir certificaciones de sistemas de gestión de calidad como requisitos habilitantes o puntuables en dichas entidades. El documento se fundamenta en la normativa contractual estatal y en pronunciamientos previos de la misma entidad, aclarando que su análisis se limita a la aplicación de normas generales sin resolver casos particulares. |
| Problema jurídico | Determinar qué distingue a un contrato de un convenio interadministrativo, qué requisitos deben cumplir las entidades para celebrarlos y cómo se garantiza la selección objetiva y la pluralidad de oferentes sin que estas figuras sirvan para eludir los procesos de selección. |
| Fragmentos citables | Mientras que en el contrato las finalidades de las partes divergen, en el convenio convergen y cooperan en función del cumplimiento eficiente de un propósito estatal común superior. En esa línea, una interpretación sistemática de las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011 invitaría a considerar el contrato administrativo como una relación jurídica patrimonial, onerosa y conmutativa, en la que existen unas exigencias y restricciones normativas adicionales, de manera que, en efecto, dista de la naturaleza y esencia del convenio interadministrativo. De conformidad con él, anteriormente mencionado, artículo 846 del Código de Comercio, la oferta o propuesta es irrevocable, por lo que una vez presentada el proponente no puede retractarse. Sin perder de vista este precepto legal, debe aclararse que, para el caso de las entidades con régimen especial, en el evento en que éstas adelantan sus procesos de contratación, la oferta no es obligatoria. La Subdirección de Gestión Contractual considera que la segunda alternativa es la más adecuada, toda vez que realiza el principio de igualdad de trato que rige la contratación de las entidades estatales y materializa el fin de protección de la norma, que es promover el desarrollo de la pequeña empresa y la pluralidad de oferentes. |
| Materias | Certificaciones De Sistemas De Gestión De Calidad · Clasificador De Bienes Y Servicios De Las Naciones Unidas · Contratos Interadministrativos · Convenios Interadministrativos · Entidades De Régimen Especial · Principio De Selección Objetiva · Registro Único De Proponentes · Contratación estatal · Contratos O Convenios Interadministrativos · Contratos Y Convenios · Expe... · Documentos técnicos adicionales · Exceptuados · No se pueden exigir como requisito habilitante o puntuable · Oferta · Proceso de mínima cuantía · Registro · Sociedades con menos de 3 años de constitución · Socios |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1693579825236-C-308.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 46c98fe8962e….
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