Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Contratos y convenios interadministrativos: definiciones, diferencias y principios aplicables

P20230609012246 · 14 de agosto de 2023

EpígrafeContratos y convenios interadministrativos: definiciones, diferencias y principios aplicables
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre las diferencias y similitudes entre contratos y convenios en el ámbito de la contratación estatal, así como sobre su régimen jurídico aplicable. Fija la posición de que, aunque ambos institutos comparten principios comunes como el consentimiento y la generación de obligaciones, se distinguen por su naturaleza y finalidad: los contratos implican intereses contrapuestos y contenido patrimonial, mientras los convenios buscan fines comunes sin ánimo de lucro, aunque puedan incluir remuneración. Precisa que, en el caso de los contratos o convenios interadministrativos, su celebración directa entre entidades estatales no los exime de cumplir con el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, salvo excepciones legales. Además, aborda el principio de selección objetiva, la irrevocabilidad de la oferta en entidades de régimen especial, la acreditación de experiencia en procesos de mínima cuantía y la prohibición de exigir certificaciones de sistemas de gestión de calidad como requisitos habilitantes o puntuables en dichas entidades. El documento se fundamenta en la normativa contractual estatal y en pronunciamientos previos de la misma entidad, aclarando que su análisis se limita a la aplicación de normas generales sin resolver casos particulares.

Problema jurídico

Determinar qué distingue a un contrato de un convenio interadministrativo, qué requisitos deben cumplir las entidades para celebrarlos y cómo se garantiza la selección objetiva y la pluralidad de oferentes sin que estas figuras sirvan para eludir los procesos de selección.

Fragmentos citables
Mientras que en el contrato las finalidades de las partes divergen, en el convenio convergen y cooperan en función del cumplimiento eficiente de un propósito estatal común superior. En esa línea, una interpretación sistemática de las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011 invitaría a considerar el contrato administrativo como una relación jurídica patrimonial, onerosa y conmutativa, en la que existen unas exigencias y restricciones normativas adicionales, de manera que, en efecto, dista de la naturaleza y esencia del convenio interadministrativo.
Diferencia conceptual entre contratos y convenios interadministrativos, destacando su naturaleza patrimonial u onerosa en los primeros y su finalidad de cooperación en los segundos.
De conformidad con él, anteriormente mencionado, artículo 846 del Código de Comercio, la oferta o propuesta es irrevocable, por lo que una vez presentada el proponente no puede retractarse. Sin perder de vista este precepto legal, debe aclararse que, para el caso de las entidades con régimen especial, en el evento en que éstas adelantan sus procesos de contratación, la oferta no es obligatoria.
Explica la irrevocabilidad de la oferta en términos generales y su excepción en entidades de régimen especial, donde la normativa propia del derecho privado prevalece.
La Subdirección de Gestión Contractual considera que la segunda alternativa es la más adecuada, toda vez que realiza el principio de igualdad de trato que rige la contratación de las entidades estatales y materializa el fin de protección de la norma, que es promover el desarrollo de la pequeña empresa y la pluralidad de oferentes.
Sustenta la posición sobre la acreditación de experiencia de socios en sociedades con menos de tres años en procesos de mínima cuantía, alineada con el principio de igualdad de trato y la protección a la pequeña empresa.
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Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1693579825236-C-308.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-308 de 2023
NúmeroP20230609012246
Fecha del documento14 de agosto de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 46c98fe8962e….

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