Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Firmeza del Registro Único de Proponentes y acreditación de requisitos habilitantes
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| Epígrafe | Firmeza del Registro Único de Proponentes y acreditación de requisitos habilitantes |
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| Resumen | Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa sobre el alcance de la firmeza del Registro Único de Proponentes (RUP) en los procesos de contratación pública, precisando que la actualización o renovación del RUP no genera efectos retroactivos ni suspende su vigencia durante el trámite administrativo. La entidad fija la posición de que, para efectos de participación en un procedimiento de selección, solo se evalúa la información en firme del RUP al momento del cierre del proceso, sin que la falta de firmeza de una actualización o renovación posterior pueda ser causal de rechazo de la oferta. Se fundamenta en que los requisitos habilitantes deben acreditarse con información vigente y firme al cierre del proceso, conforme a los principios de objetividad y legalidad, y se destaca que la firmeza del RUP es una condición de ejecutoriedad que consolida sus efectos. Además, se señala que la Entidad Estatal debe evaluar la oferta prescindiendo de la nueva información no firme, sin que el trámite de actualización o renovación implique la cesación temporal de los efectos del registro. Se incluyen excepciones para el caso de renovación presentada antes del plazo legal, donde se permite usar la información antigua vigente mientras se resuelve el trámite. |
| Problema jurídico | Determinar si debe rechazarse la oferta cuando se solicita la actualización del RUP pero no adquiere firmeza antes del cierre del proceso |
| Fragmentos citables | Los requisitos habilitantes se definen como exigencias de participación en los procedimientos de selección, establecidos en disposiciones normativas, de carácter legal o reglamentario, o las contenidas en el acto administrativo que regula las reglas de la convocatoria, es decir, en el pliego de condiciones o el documento equivalente a este. Se diferencian de los criterios de evaluación –también conocidos como criterios de calificación– en que estos son los factores definidos por la Entidad Estatal para la asignación de puntaje en el momento de la comparación de las ofertas, y que, a partir de su ponderación, permiten establecer el orden de elegibilidad y, por ende, la propuesta ganadora. A partir de lo dicho se deduce que los requisitos habilitantes, si bien constituyen obligaciones que los proponentes deben cumplir y acreditar para participar en el procedimiento de selección, no se valoran con un puntaje que determine el orden de escogencia, sino que se analizan como criterios previos a la evaluación en sentido estricto, de manera que quienes no los reúnan no pueden continuar en el procedimiento de selección, o sea, incurren en causal de rechazo. Si la actualización no estaba en firme para el momento del cierre del proceso, en la evaluación se tendrá en cuenta únicamente la información que estaba en firme para dicho momento. No es viable rechazar la oferta bajo el argumento de que la actualización no está en firme –como si no hubiera una inscripción vigente en el RUP–, pues simplemente se debe evaluar la oferta prescindiendo de la nueva información incluida –que no adquirió firmeza–, pues, aunque la nueva información –actualización– esté pendiente de adquirir firmeza, para el momento del cierre del proceso el oferente tenía su inscripción vigente y en firme. |
| Materias | Actos administrativos en firme · Plazo para cierre de procesos de selección · Registro Único De Proponentes · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-310.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 16 de julio de 2026. Hash del original: 01742f72f800….
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