Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
C-312 DE 2022
P20220401003346 · 1 de abril de 2022Contratación estatalcesión de contratosley de garantías electoralesprincipios de contratación públicaprórrogas y adiciones contractualescontratación estatalejecución contractualColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Ley de garantías electorales – contratación pública durante períodos preelectorales |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-312 de 2022, conceptúa sobre el alcance de las restricciones establecidas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) en materia de contratación pública durante períodos preelectorales. Fija la posición de que las cesiones, prórrogas, adiciones o modificaciones de contratos suscritos antes del inicio de dichas restricciones no se encuentran dentro de su ámbito de aplicación, siempre que el contrato se encuentre vigente y se cumplan los principios de planeación, transparencia y responsabilidad. Además, precisa que estas actuaciones deben ajustarse al marco jurídico general, sin que ello implique vulnerar otras disposiciones aplicables. El documento también delimita las restricciones específicas para elecciones presidenciales (artículo 33) y para cualquier tipo de contienda electoral (parágrafo del artículo 38), destacando su carácter restrictivo e interpretativo estricto según la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional. |
| Problema jurídico | Determinar si es posible ceder órdenes de prestación de servicios durante la vigencia de la Ley de Garantías Electorales |
| Fragmentos citables | la Ley 996 de 2005, conocida como «Ley de Garantías Electorales», se suma al andamiaje de orden constitucional y legal que se ha ocupado de evitar la injerencia inadecuada de intereses particulares en el ejercicio de la función pública. Esta ley tiene como propósito evitar cualquier tipo de arbitrariedad, de ventaja injustificada, de uso irregular de los recursos del Estado en las campañas o falta de garantías en la elección presidencial. la suscripción de cesiones de contratos suscritos antes del inicio del período durante el que rigen las restricciones de los artículos 33 y 38 de la Ley 996 de 2005, no se encuentra dentro del ámbito de aplicación de dichas normas. Esto significa que, las entidades estatales pueden válidamente realizar tales actuaciones sobre los contratos que se encuentren vigentes, incluso en el transcurso de los períodos preelectorales en los que las aludidas restricciones tienen vigor. La Ley de Garantías no establece restricciones para las prórrogas, modificaciones o adiciones, y la cesión de los contratos suscritos antes del período electoral, siempre que tales prórrogas, modificaciones, adiciones y cesiones cumplan los principios de planeación, transparencia y responsabilidad. |
| Materias | Cesión De Contratos · Ley De Garantías Electorales · Principios de contratación pública · Prórrogas y adiciones contractuales · Contratación estatal · Ejecución contractual |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1655900985910-C-312.docx |
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