Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen contractual de las Corporaciones Autónomas Regionales para la causal de contratación directa con consejos comunitarios de comunidades negras
P20250314002533 · 28 de abril de 2025Contratación estatalcontratación directacorporaciones autónomas regionalescomunidades negrasley 1150 de 2007ley 2160 de 2021contratación estatalegcapalcanceámbito de aplicaciónconsejos comunitarios de las comunidades negras organizaciones de baseentidades estatalesrégimen contractualColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen contractual de las Corporaciones Autónomas Regionales para la causal de contratación directa con consejos comunitarios de comunidades negras |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre el régimen contractual aplicable a las Corporaciones Autónomas Regionales y la posibilidad de utilizar la causal de contratación directa con consejos comunitarios de comunidades negras. Fija la posición de que estas entidades no están excluidas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), por lo que se rigen por sus reglas generales, incluyendo el artículo 24 de la Ley 1150 de 2007 que somete su contratación a dicho estatuto. Precisa que, para aplicar la causal de contratación directa del literal m) del artículo 2.4 de la Ley 1150 de 2007 —adicionado por la Ley 2160 de 2021—, se requiere que el objeto contractual esté relacionado con el fortalecimiento del gobierno propio, la identidad étnica y cultural, el ejercicio de la autonomía o la garantía de derechos de las comunidades negras, además de verificar su inscripción en el Registro Público Único Nacional. Advierte que esta causal es de interpretación estricta y excepcional, por lo que, en ausencia de estos requisitos, deben privilegiarse los procedimientos con pluralidad de oferentes. Finalmente, delimita su competencia consultiva, aclarando que no resuelve casos concretos ni valida actuaciones específicas, sino que orienta sobre el marco normativo general aplicable. |
| Problema jurídico | Determinar el régimen contractual aplicable a las Corporaciones Autónomas Regionales para la causal de contratación directa con consejos comunitarios de comunidades negras regulados por la Ley 70 de 1993, conforme al literal m) del artículo 2.4 de la Ley 1150 de 2007 (adicionado por la Ley 2160 de 2021). |
| Fragmentos citables | La contratación directa es una excepción al principio de libre concurrencia y competencia, que se aplica en los procesos de contratación, para que cualquier persona interesada en satisfacer la necesidad de una entidad pueda presentar una oferta. Por ello, es de aplicación restrictiva, esto es, solo procede por las causales señaladas taxativamente en el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. En tal sentido, su aplicación no puede efectuarse por fuera del contenido normativo citado, ni operar más allá de lo que la misma norma dispone, dentro del contexto del ordenamiento jurídico de la contratación estatal. Al margen de la explicación precedente debe advertirse que el análisis requerido para resolver problemas específicos en torno a la gestión contractual debe ser realizado por quienes tengan interés en ello, de acuerdo con lo explicado la aclaración preliminar del presente oficio. Es decir, en función del régimen contractual aplicable las corporaciones autónomas regionales, les corresponde determinar si se cumplen o no las condiciones de causal de contratación directa del literal m) del artículo 2.4 de la Ley 1150 de 2007, y establecer los requisitos para la celebración del negocio jurídico en los documentos del proceso de acuerdo con el marco normativo vigente. |
| Materias | Contratación Directa · Corporaciones Autónomas Regionales · Comunidades negras · Ley 1150 de 2007 · Ley 2160 de 2021 · Contratación estatal · Egcap · Alcance · Ámbito de aplicación · Consejos comunitarios de las comunidades negras Organizaciones de Base · Entidades Estatales · Régimen contractual |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-315.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 84985e72174c….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.