Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Requisitos habilitantes y sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (sg-sst) en la contratación estatal

P20230719013457 · 18 de septiembre de 2023

EpígrafeRequisitos habilitantes y sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (sg-sst) en la contratación estatal
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente conceptúa sobre el alcance de los requisitos habilitantes en los procesos de selección estatal y su relación con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Fija la posición de que los requisitos habilitantes previstos en el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 no son taxativos, sino enunciativos, lo que permite a las entidades estatales establecer otros requisitos adicionales, siempre que estén justificados en los estudios previos y cumplan con los principios de legalidad y proporcionalidad. Sin embargo, precisa que no es posible exigir certificaciones de sistemas de gestión de calidad como requisito habilitante, conforme al parágrafo 2 del mismo artículo. Además, señala que las entidades pueden incorporar criterios de selección que permitan verificar el cumplimiento del SG-SST por parte de los proponentes, siempre que no se confundan con requisitos habilitantes y se ajusten a lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 312 de 2019 del Ministerio del Trabajo. La autonomía de la voluntad de las entidades para establecer requisitos habilitantes se fundamenta en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y debe ejercerse con sujeción a los límites legales y a los principios de adecuación y proporcionalidad.

Problema jurídico

Determinar la naturaleza y alcance de los requisitos habilitantes en los procesos de selección estatal, así como la posibilidad de exigir el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (sg-sst) como requisito o criterio de evaluación

Fragmentos citables
los requisitos habilitantes, si bien constituyen obligaciones que los proponentes deben cumplir y acreditar para participar en el procedimiento de selección, no se valoran con un puntaje que determine el orden de escogencia, sino que se analizan como criterios previos a la evaluación en sentido estricto, de manera que quienes no los reúnan no pueden continuar en el procedimiento de selección, o sea, incurren en causal de rechazo.
Define la naturaleza jurídica de los requisitos habilitantes como criterios obligatorios previos a la evaluación, no sujetos a puntaje, y establece su consecuencia directa en el procedimiento de selección.
el principio de autonomía de la voluntad, reconocido en los artículos 13, 32 y 40 de la Ley 80 de 1993 para las entidades sometidas a esta, y en el artículo 1602 del Código Civil, para las exceptuadas de aquella, actúa entonces como el fundamento normativo que otorga a las entidades estatales competencia para que puedan solicitar requisitos habilitantes adicionales o diferentes a los establecidos en el numeral 1º del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.
Fundamenta la facultad de las entidades estatales para establecer requisitos habilitantes adicionales, destacando su autonomía reconocida en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
las entidades estatales tienen la facultad para incorporar parámetros o criterios de selección y evaluación en sus Procesos de Contratación que le permitan conocer que los proponentes cuentan con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), si a bien lo justifican en los estudios previos y análisis del sector del proceso de selección su procedencia, de conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015.
Establece la posibilidad de incluir criterios de selección relacionados con el SG-SST, siempre que no se confundan con requisitos habilitantes y se justifiquen en los estudios previos, conforme a la normativa aplicable.
MateriasDecreto 1082 De 2015 · Decreto Ley 4170 de 2011 · Ley 1437 de 2011 · Requisitos Habilitantes · Sg-sst · Sistema De Gestión De Seguridad Y Salud En El Trabajo Sgsst · Sentencia C-004 de 2017 · Autonomía de la voluntad de las entidades estatales · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Resolución 312 de 2019 · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1705961937594-C-317.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-317 de 2023
NúmeroP20230719013457
Fecha del documento18 de septiembre de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

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