Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Alcance de los contratos de prestación de servicios en el sistema de compras y contratación pública para efectos de la exclusión prevista en el parágrafo del artículo 23 de la Ley 2126 de 2021
P20250313002476 · 28 de abril de 2025Contratación estatalcontratos de prestación de serviciosestatuto general de contratacion de la administración públicaestampilla para la justicia familiarcontratación estatalespeciesfundamento normativogéneroColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Alcance de los contratos de prestación de servicios en el sistema de compras y contratación pública para efectos de la exclusión prevista en el parágrafo del artículo 23 de la Ley 2126 de 2021 |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance de los contratos de prestación de servicios para efectos de la exclusión prevista en el parágrafo del artículo 23 de la Ley 2126 de 2021, que establece la Estampilla para la Justicia Familiar. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que los contratos de prestación de servicios profesionales, de apoyo a la gestión y artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, con honorarios mensuales inferiores a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), están exentos de esta carga tributaria. La interpretación se basa en que el parágrafo del artículo 23 no distingue entre especies de contratos de prestación de servicios, aplicando el principio jurídico *ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus*. Además, se advierte que la competencia de la entidad se limita a orientar sobre normas generales de contratación pública, sin resolver casos particulares ni pronunciarse sobre normas ajenas a este ámbito, como las de carácter tributario territorial. |
| Problema jurídico | Determinar si los contratos de prestación de servicios profesionales, de apoyo a la gestión y artísticos están excluidos de la 'Estampilla para la Justicia Familiar' cuando el pago de honorarios mensual sea inferior a diez (10) SMLMV |
| Fragmentos citables | Por tanto, siempre que los honorarios sean inferiores a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes – en adelante SMLMV –, están exentos de la “Estampilla para la Justicia Familiar”. Lo anterior en la medida que el parágrafo del artículo 23 de la Ley 2126 de 2021 se refiere a los contratos de prestación de servicios sin distinguir entre las diferentes especies; razón por la cual, “donde el legislador no distingue, no les lícito al intérprete distinguir”. Los contratos de prestación de servicios constituyen un género que incluye, como especies, los contratos de prestación de servicios profesionales, los contratos de prestación de servicios de apoyo a la gestión y los contratos de prestación de servicios artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, brindar asesorías sobre casos puntuales ni pronunciarse sobre el alcance de normas ajenas a la contratación estatal. Este último es el caso de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 2126 de 2021, pues dicha norma establece el hecho generador de la “Estampilla para la Justicia Familiar” y, por tanto, despliega sus efectos en el ámbito tributario. Al margen de la explicación precedente debe advertirse que el análisis requerido para resolver problemas específicos en torno a la gestión contractual debe ser realizado por quienes tengan interés en ello, de acuerdo con lo explicado la aclaración preliminar del presente oficio. Por lo anterior, previo concepto de sus asesores, la solución de situaciones particulares corresponde a los interesados adoptar la decisión correspondiente y, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales, fiscales y disciplinarias. |
| Materias | Contratos De Prestación De Servicios · Estatuto General De Contratacion De La Administración Pública · Estampilla para la justicia familiar · Contratación estatal · Especies · Fundamento normativo · Género |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-318.docx |
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