Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Entidades de régimen especial – procedimientos contractuales – derecho privado

P20250319002647 · 28 de abril de 2025

EpígrafeEntidades de régimen especial – procedimientos contractuales – derecho privado
Resumen

Este documento conceptúa la posición interpretativa de Colombia Compra Eficiente sobre el alcance de los procedimientos contractuales aplicables a las entidades de régimen especial, en particular aquellas que gestionan recursos del Fondo de Inversión para la Paz. Fija que estas entidades, al regirse por el derecho privado, no pueden aplicar el procedimiento administrativo sancionatorio del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 ni las cláusulas excepcionales propias del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, salvo que su norma de creación lo autorice expresamente. Señala que, en caso de incumplimiento, deben acudir al juez competente o pactar en el contrato el ejercicio unilateral de potestades, aunque tales actos no tendrán carácter administrativo. Respecto a las garantías, precisa que las entidades de régimen especial deben regirse por el Código de Comercio para reclamar el siniestro en pólizas de cumplimiento, demostrando la ocurrencia del mismo y cuantificando los perjuicios, sin poder expedir actos administrativos para tal fin. Además, destaca que estas entidades deben aplicar el principio de selección objetiva en sus procesos de contratación, aunque su régimen contractual sea de derecho privado.

Problema jurídico

Determinar la aplicabilidad de cláusulas excepcionales y procedimientos sancionatorios en entidades de régimen especial de contratación

Fragmentos citables
Las entidades de régimen especial son aquellas que, por expresa disposición legal y por su naturaleza o situación de competencia, tienen condiciones diferenciales respecto de la normativa de contratación pública. Esto quiere decir que no están sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, y por ende sus procedimientos contractuales tienen su normativa para su desarrollo, esto es, el derecho privado, lo cual está determinado en las normas de creación de las entidades de régimen especial y en sus manuales de contratación.
Define el marco conceptual de las entidades de régimen especial y su sujeción al derecho privado, base para entender la inaplicabilidad de normas de contratación pública.
Por lo tanto, una entidad estatal cuyos actos y contratos se rijan por el derecho privado, deberá realizar las mismas actuaciones que el resto de los sujetos de derecho privado; así, para el caso del contrato de seguros, deberá acudir a la aseguradora con el fin de demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de los perjuicios.
Precisa el procedimiento aplicable para reclamar siniestros en pólizas de cumplimiento por entidades de régimen especial, descartando la expedición de actos administrativos.
Conforme lo establece el artículo 1075 de Código de Comercio, el asegurado o el beneficiario estarán obligados a dar noticia al asegurador de la ocurrencia del siniestro, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que lo hayan conocido o debido conocer. La compañía aseguradora podrá tomar a su cargo el cumplimiento del contrato sustituyendo al contratista por otro que dé cumplimiento a los derechos y obligaciones derivados del contrato asegurado.
Regula el plazo y procedimiento inicial para la reclamación de siniestros en pólizas de cumplimiento, aplicable a entidades de régimen especial bajo el Código de Comercio.
MateriasCláusulas Excepcionales · Entidades De Régimen Especial · Procedimiento Sancionatorio Contractual · Derecho privado · Garantías contractuales · Contratación estatal · Actos contractuales · Aplicación Código de Comercio · Autonomía de la voluntad · Declaratoria de incumplimiento · Inaplicación · Régimen especial
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/04/C-332.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-332 de 2025
NúmeroP20250319002647
Fecha del documento28 de abril de 2025
Fecha de publicación30 de abril de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 109eec19d9da….

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