Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Requisitos habilitantes – capacidad financiera – autonomía
P20240712007138Contratación estatalcapacidad financieradecreto 1082 de 2015registro único de proponentesrequisitos habilitantesselección objetivaautonomía de la entidad estatalley 1150 de 2007contratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Requisitos habilitantes – capacidad financiera – autonomía |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la determinación y verificación de la capacidad financiera como requisito habilitante en los procesos de contratación estatal. Fija la posición de que las entidades estatales gozan de autonomía para establecer los parámetros de capacidad financiera necesarios, siempre que estos se definan durante la etapa de planeación del contrato, tras un análisis del sector económico y del riesgo asociado al objeto contractual. La capacidad financiera debe sustentarse en indicadores como liquidez, endeudamiento y cobertura de intereses, aunque la entidad puede incluir otros según las particularidades del sector. La acreditación de este requisito, por regla general, se realiza mediante el Registro Único de Proponentes (RUP), pero la entidad contratante puede exigir requisitos adicionales en el pliego de condiciones. Se precisa que los requisitos habilitantes no otorgan puntaje, sino que son condiciones previas para participar, y su incumplimiento conlleva el rechazo de la oferta. Además, se aclara que la competencia de la Agencia se limita a interpretar normas generales, sin resolver casos particulares ni validar actuaciones de entidades o proponentes. |
| Problema jurídico | Cómo establecer la capacidad financiera como requisito habilitante en un proceso de contratación estatal |
| Fragmentos citables | Los requisitos habilitantes se definen como exigencias de participación en los procedimientos de selección, establecidos en disposiciones normativas, de carácter legal o reglamentario, o contenidas en el acto administrativo que regula las reglas de la convocatoria, es decir, en el pliego de condiciones o el documento equivalente a este. Se diferencian de los criterios de evaluación –también conocidos como criterios de calificación– en que estos son los factores definidos por la Entidad Estatal para la asignación de puntaje en el momento de la comparación de las ofertas, y que, a partir de su ponderación, permiten establecer el orden de elegibilidad y, por ende, la propuesta ganadora. La Entidad Estatal, como responsable de la estructuración de su procedimiento de selección, es autónoma para determinar la capacidad financiera necesaria de acuerdo con el objeto contractual que se pretende satisfacer, no obstante, en atención a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, debe ser establecida con sustento en el estudio del sector y sus componentes como la identificación de riesgos, el mercado y precio del bien, obra o servicio a contratar. Los requisitos habilitantes, si bien constituyen obligaciones que los proponentes deben cumplir y acreditar para participar en el procedimiento de selección, no se valoran con un puntaje que determine el orden de escogencia, sino que se analizan como criterios previos a la evaluación en sentido estricto, de manera que quienes no los reúnan no pueden continuar en el procedimiento de selección, o sea, incurren en causal de rechazo. |
| Materias | Capacidad Financiera · Decreto 1082 De 2015 · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Autonomía de la entidad estatal · Ley 1150 de 2007 · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/09/C-334.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 16 de julio de 2026. Hash del original: 3b07626496a7….
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